Disposiciones generales. . (2024/16-1)
Orden de 21 de diciembre de 2023, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, destinadas a la adaptación de las líneas eléctricas de alta tensión a los requisitos establecidos en el Real Decreto 1432/2008, de 29 de agosto, por el que se establecen medidas para la protección de la avifauna contra la colisión y la electrocución en líneas eléctricas de alta tensión, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia financiado por la Unión Europea- Next Generation EU, y se efectúa su convocatoria para el periodo 2023-2025.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 16 - Martes, 23 de enero de 2024

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a) Aleguen lo que estimen pertinente en los términos del artículo 82 de la Ley 39/2015,
de 1 de octubre.
b) Comuniquen su aceptación a la subvención propuesta, o desista a la solicitud. Esta
aceptación conllevará específicamente dos compromisos:
1.º Declaración de cesión y tratamiento de datos en relación con la ejecución de
actuaciones del PRTR.
2.º Declaración de compromiso en relación con la ejecución de actuaciones del
PRTR.
c) La ausencia de aceptación por parte del beneficiario supondrá el desistimiento de
la subvención.
2. Dada la urgencia y necesidad de resolver el procedimiento de concesión, se podrá
prescindir del trámite de audiencia cuando no figuren en el procedimiento ni sean tenidos
en cuenta en la resolución otros hechos ni otras alegaciones y pruebas que las aducidas
por la persona o entidad interesada en la solicitud de subvención de conformidad con
lo preceptuado en el artículo 82.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre. En este caso,
esta propuesta tendrá el carácter de definitiva, siempre y cuando concurran las siguientes
circunstancias:
a) Que la propuesta lo sea por el importe solicitado.
b) Que la persona o entidad interesada haya presentado con la solicitud toda la
documentación requerida.
3. No cabrá la posibilidad de reformulación de solicitudes.

Artículo 21. Resolución.
1. La resolución del procedimiento será adoptada por la persona titular de la Dirección
General de Política Forestal y Biodiversidad, por delegación de la persona titular de la
Consejería competente en materia de medio ambiente en virtud del artículo 18.1 de la
Orden de 15 de noviembre de 2022, pudiendo conceder subvenciones, hasta el límite del
crédito presupuestario afectado en la convocatoria, en atención a la mera concurrencia
de cumplir con los requisitos de ser beneficiario, sin que sea necesario establecer en
tales casos la comparación de las solicitudes ni la prelación entre las mismas.
2. La resolución del procedimiento de concesión que deberá ser motivada, contendrá
el siguiente contenido mínimo de acuerdo con lo establecido en el artículo 28.1 del
Reglamento de los Procedimientos de Concesión de Subvenciones de la Administración
de la Junta de Andalucía del procedimiento:
a) La fecha y la hora de la presentación de la solicitud y, en su caso, de la presentación
de la subsanación.
b) La indicación en la persona o entidad beneficiaria de la situación que legitima la
subvención y, en su caso, del plazo que se le concede para la ejecución del objeto de la
subvención.
c) La cuantía total de la subvención, desglosando el número de apoyos o vanos
corregidos dentro de la correspondiente línea eléctrica sobre la que recae el expediente
de subvención y sobre los que se computará el total de la cuantía de la misma.
d) La indicación de que la UE participa en la financiación a través de los Fondos
NextGenerationEU, en concreto con cargo al MRR.
e) El plazo y la forma de justificación del pago.
f) Información a las personas o entidades beneficiarias de que sus datos se publicarán
con arreglo a lo dispuesto a la normativa que regula los Fondos NextGenerationEU.
g) Las condiciones que, en su caso, se impongan a la persona o entidad beneficiaria.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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Artículo 20. Propuesta definitiva de resolución.
A la vista de las alegaciones emitidas, así como de la documentación presentada a
estos efectos, en su caso, por la persona propuesta provisionalmente como beneficiaria
el Servicio de Servicio de Geodiversidad y Biodiversidad formulará la propuesta definitiva
de resolución de concesión de las subvenciones.