Disposiciones generales. . (2024/16-1)
Orden de 21 de diciembre de 2023, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, destinadas a la adaptación de las líneas eléctricas de alta tensión a los requisitos establecidos en el Real Decreto 1432/2008, de 29 de agosto, por el que se establecen medidas para la protección de la avifauna contra la colisión y la electrocución en líneas eléctricas de alta tensión, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia financiado por la Unión Europea- Next Generation EU, y se efectúa su convocatoria para el periodo 2023-2025.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 16 - Martes, 23 de enero de 2024

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Artículo 19. Audiencia, reformulación, aportación de documentación y aceptación.
1. Tras la notificación de la propuesta provisional de resolución, que contendrá los
términos en los que se concede provisionalmente la subvención, con indicación expresa
del número provisional de apoyos/vanos que accederían a la subvención por solicitud, las
personas interesadas dispondrán de un plazo de diez días hábiles para que presentando
el Anexo III:
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00295753

3. Tras la presentación de cada solicitud, o en su caso tras la subsanación de la
misma, y en relación a otras funciones a desempeñar por órganos o unidades distintas
de los anteriores, el Servicio de Geodiversidad y Biodiversidad emitirá preceptivamente
un primer informe técnico dirigido a la persona titular de la Dirección General de Política
Forestal y Biodiversidad. Cada informe atenderá a la relación de los apoyos y vanos
incluidos en la línea eléctrica de alta tensión que han sido incluidos en la solicitud por el
titular solicitante.
En este sentido, por cada solicitud se generará un informe individualizado, donde se
comprobará que:
1.º El apoyo/s a los que se refiere la solicitud forma parte de alguna línea eléctrica
aérea de alta tensión que no se ajustan a las prescripciones técnicas establecidas en el
Real Decreto 1432/2008, de 29 de agosto.
2.º El apoyo/s a los que se refiere la solicitud está incluido en alguna de las líneas
eléctricas aéreas de alta tensión recogidas en cualquiera de las resoluciones de la persona
titular de la Dirección General competente en materia de protección y conservación de la
fauna silvestre de la Administración de la Junta de Andalucía descritas en los artículos
3.c) y 6.2 de las presentes bases reguladoras o publicadas con posterioridad a las
presentes bases reguladoras.
3.º El apoyo/s y/o vano/s a los que se refiere la solicitud ha sido incluido/s, en un
Proyecto de adecuación presentado, conforme a los requisitos indicados en las presentes
bases reguladoras.
4.º A la vista del informe presentado por técnico competente, la corrección propuesta
se adecúa al articulado del Real Decreto 1432/2008, de 29 de agosto.
5.º El apoyo/s y/o vano/s a los que se refiere la solicitud está incluido en alguna de las
zonas de protección definidas en el artículo 2 de estas bases reguladoras.
6.º El apoyo/s y/o vano/s formará parte de la base de datos de la mencionada
Dirección General de Política Forestal y Biodiversidad, en la que se van a registrar
todos los apoyos corregidos o que precisan corrección conforme a los requisitos del
Real Decreto 1432/2008, de 29 de agosto, y a las características de los apoyos que las
presentes bases reguladoras subvenciona.
7.º El número de apoyo/s y/o vano/s que se proponen corregir por Proyecto presentado,
el número de forma acumulativa , con independencia de que a cada Proyecto se le vincule
más de una solicitud. La forma en la que quedará expresada será la siguiente: «A fecha X»,
la persona física o jurídica «X» titular de la línea eléctrica aérea de alta tensión «X»
[especificar denominación] lleva acumulada la cantidad «X» de apoyos corregidos».
4. El órgano instructor, tras la comprobación del cumplimiento de los requisitos de la
persona o entidad solicitante, la subvencionabilidad del proyecto solicitado, y del informe
técnico emitido elaborará la propuesta provisional de resolución dándola a conocer en el
acceso individualizado del tablón del Catálogo de Procedimientos y Servicios de la Junta
de Andalucía, en la siguiente dirección electrónica:
https://juntadeandalucia.es/servicios/sede/tramites/procedimientos/detalle/25210.html
5. En el supuesto de que del análisis de la solicitud se compruebe que la persona
o entidad solicitante no cumple alguno de los requisitos establecidos por estas bases
reguladoras o que las actuaciones solicitadas no son subvencionables conforme a lo
dispuesto en el artículo 3, se dictará resolución declarando la desestimación de la misma.