3. Otras disposiciones. . (2024/14-25)
Resolución de 12 de enero de 2024, de la Dirección General de Sistemas y Valores del Deporte, por la que se dispone la publicación del Código de Buen Gobierno de la Federación Andaluza de Voleibol.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 14 - Viernes, 19 de enero de 2024

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i) De prohibir expresamente a las personas directivas y empleadas de la FAVB el uso
de sus recursos, influencias, poderes y demás facultades o facilidades que ostente de la
FAVB, en beneficio propio particular o de su entorno próximo; e igualmente, intervenir en
áreas de gestión o representación, sin encontrarse debidamente habilitadas. Es decir,
no hacer uso indebido del patrimonio federativo ni valerse de su posición para obtener
ventajas patrimoniales.
j) De prohibir expresamente, en la contratación de servicios externos, dar o recibir
comisiones o ventajas no justificadas, de cualquier naturaleza, como contraprestación
para favorecer a terceros, indebidamente, en su contratación o relaciones comerciales,
con la FAVB.
Artículo 9. De la integridad en todas las actuaciones de la FAVB.
Todas las actuaciones de las personas Directivas y empleadas de la FAVB deberán
estar presididas por un comportamiento basado en la buena fe y la honestidad.
En el ámbito deportivo, el juego limpio es la base en el desarrollo de encuentros
y competiciones, donde se promocionan y potencian los valores éticos del voleibol, y
cualquier actuación anómala para alterar su normal desarrollo y su resultado será
constitutiva de fraude.

Artículo 11. Del fomento de la actividad deportiva y promoción de sus valores éticos,
sociológicos y morales.
Constituye objetivo prioritario de la FAVB el fomento en Andalucía de la práctica
deportiva y de las competiciones oficiales de voleibol y sus especialidades deportivas,
y el desarrollo de sus valores éticos, sociológicos y morales, que son consustanciales
a dicho fomento y práctica deportiva. En cumplimiento de ellos, las personas Directivas
y empleadas de la FAVB atenderán, prioritariamente, el ejercicio y desarrollo de los
siguientes principios referidos a la actividad deportiva:
a) Lealtad y servicio en su actividad federativa, dirigida prioritariamente a velar por los
intereses de la FAVB.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00295481

Artículo 10. De la eficacia y eficiencia en el desarrollo de las actividades de la FAVB.
La FAVB respetará el derecho a la intimidad de sus personas Directivas y empleadas.
La solicitud y el tratamiento de los datos personales se limitará a la información
imprescindible para el normal desarrollo de su actividad y para el cumplimiento de la
normativa aplicable.
Dado que las sanciones deportivas impuestas tienen efectos frente a terceros
interesados, la FAVB se encuentra expresamente autorizada por sus clubes y restantes
federados para la publicación de las mismas en la página web federativa, así como para
el desarrollo o publicación de particulares de los expedientes incoados.
La FAVB adoptará las medidas necesarias para preservar la confidencialidad de datos
de carácter personal de que disponga y su tratamiento, y el ejercicio de los derechos de
acceso, rectificación, cancelación y oposición de conformidad con la legislación vigente.
Las personas Directivas y empleadas de la FAVB, que por razones de su cargo o
actuación tengan acceso a información privada o confidencial, de afiliados, otros empleados
o entidades comerciales, guardarán la confidencialidad de estos en cumplimiento de la
normativa vigente, haciendo uso responsable y ético de dicha información.
En todos los supuestos, se abstendrán de hacer uso de dicha información en provecho
propio o de terceros relacionados con la FAVB.
En cumplimiento de los requisitos de intimidad, protección de datos e información
confidencial, la FAVB cuenta con una política de confidencialidad, privacidad e intimidad
y seguridad en la información, de obligado cumplimiento para todas sus personas
Directivas y empleadas, y para quienes dejando de serlo conocieron dichos datos por su
anterior vinculación a la FAVB.