3. Otras disposiciones. . (2024/14-25)
Resolución de 12 de enero de 2024, de la Dirección General de Sistemas y Valores del Deporte, por la que se dispone la publicación del Código de Buen Gobierno de la Federación Andaluza de Voleibol.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 14 - Viernes, 19 de enero de 2024

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La FAVB promoverá políticas para la integración en su seno de los colectivos
socialmente más desfavorecidos, en condiciones de igualdad.

Artículo 8. De la transparencia, objetividad y profesionalidad en el desarrollo de todas
las actividades y en las relaciones con todos los grupos de interés.
La FAVB cuenta con una expresa política anticorrupción, de conflicto de intereses y
de atenciones y regalos, de obligado cumplimiento para todos los integrantes de la FAVB.
La FAVB, como entidad, y sus personas directivas y empleadas, basarán sus
relaciones internas y con terceras personas en la ética, profesionalidad y transparencia,
adquiriendo el compromiso:
a) De tratar a todas las personas y entidades, sin discriminación, y con objetividad y
transparencia, quedando prohibido facilitar información privilegiada y proporcionar trato
de favor a ninguna de ellas.
b) De promover la competencia legítima y honesta, evitando perjudicar en modo
alguno a entidades competidoras.
c) De guiar las relaciones con proveedores y patrocinadores, o con cualquier tipo de
suministrador o contratista, por la imparcialidad y objetividad, aplicando criterios rigurosos
de adecuación, calidad, eficacia y coste.
d) De que ninguna persona directiva o empleada aceptará regalos, invitaciones,
dádivas, servicios o favores que puedan afectar a su profesionalidad, objetividad y/o
imparcialidad en sus relaciones profesionales que puedan generar un compromiso de
devolución de un favor en el ámbito de la FAVB y su entorno, o que supongan fraude,
ilegalidad, prácticas no éticas o perjuicios a terceros.
e) De no ofrecer regalos, dádivas, promesas o favores, que puedan afectar a la
objetividad de dichos terceros, en sus relaciones con la FAVB y su entorno o que
supongan fraude, ilegalidad, prácticas no éticas o perjuicios a terceros.
f) De prohibir expresamente participar, por acción u omisión, en conductas tendentes
a alterar el desarrollo de un evento deportivo o competición, adulterando su resultado
deportivo, o con predeterminación de este, o que puedan atentar contra la salud de los
deportistas, o alterar el normal desarrollo de las apuestas deportivas.
g) De que todas las personas directivas y empleadas de la FAVB realizarán sus
trabajos con calidad, diligencia, profesionalidad, transparencia y honestidad, mejorando
la eficacia, poniendo en conocimiento los riesgos, deficiencias y/o mejoras, haciendo un
uso racional de los recursos de la FAVB y salvaguardando sus activos.
h) De que, a efectos de evitar conflictos de intereses, las personas directivas y
empleadas de la FAVB no tendrán intereses económicos de ningún tipo, ni realizarán
actividades retribuidas para empresas o instituciones relacionadas con la FAVB; debiendo
comunicarlo, si se diera esta situación, al Comité de Transparencia y Buen Gobierno, para
que adopte las medidas necesarias, tendentes a evitar dicho eventual conflicto de intereses.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00295481

Artículo 7. Del compromiso con la salud y la seguridad en el trabajo y en la práctica
deportiva.
La FAVB establecerá los planes de actuación que sean necesarios para gestionar
y mitigar adecuadamente los riesgos asociados con su actividad, dotándolos de los
recursos necesarios para su mantenimiento y mejoras.
La prevención de accidentes y el fomento de la seguridad en el desarrollo de la
actividad constituyen objetivo prioritario en el ejercicio de las funciones federativas.
Se formará a las personas empleadas y colaboradoras para el desarrollo adecuado
de sus tareas, priorizando la seguridad en todos sus ámbitos. Igualmente, se les dotará
de los recursos necesarios para el desarrollo de dicha seguridad.
La FAVB cuenta con un Plan de Seguridad y Prevención de Riesgos Laborales en
cumplimiento de su compromiso con la salud y la seguridad en el trabajo y en la actuación
deportiva.