3. Otras disposiciones. . (2024/14-24)
Resolución de 11 de enero de 2024, de la Dirección General de Sistemas y Valores del Deporte, por la que se dispone la publicación del Código de Buen Gobierno de la Federación Andaluza de Golf.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 14 - Viernes, 19 de enero de 2024

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a) Mantener en secreto cuantos datos o informaciones reciban en el desempeño de
su cargo, no pudiendo utilizarlos en beneficio propio o de terceros.
b) Abstenerse de intervenir en deliberaciones y votaciones de cualquier cuestión en la
que puedan tener un interés particular.
c) No hacer uso indebido del patrimonio federativo ni valerse de su posición para
obtener ventajas patrimoniales.
d) No aprovecharse de las oportunidades de negocio que conozcan en su condición
de miembro de la junta directiva o delegado provincial.
e) La participación activa en las reuniones de la JD y en las tareas que les sean
asignadas.
f) La oposición a los acuerdos contrarios a la ley, los estatutos o al interés federativo.
g) Para ostentar la Presidencia o ser miembro de la Junta Directiva de la Real
Federación Andaluza de Golf se ha de acreditar no haber incurrido en delitos contra la
Hacienda Pública ni la Seguridad Social, ni tampoco haber incurrido en faltas graves
contra la Administración Pública.
h) El Presidente o Presidenta de la Real Federación Andaluza de Golf no podrá
ostentar el cargo durante más de tres legislaturas.

Órganos de control.
Los órganos de control del cumplimiento de las normas de procedimiento emanadas
de este Código en la Real Federación Andaluza de Golf serán:
1. El Secretario General.
2. El Interventor.
3. El Comité de Transparencia y Buen Gobierno.
El Secretario General de la RFGA, deberá atender la legalidad formal y material de las
actuaciones de la Junta Directiva, comprobar la regularidad estatutaria, el cumplimiento
de las disposiciones emanadas de los órganos reguladores, así como velar por la
observancia de los principios o criterios del buen gobierno federativo.
La persona titular de la Intervención ejercerá las funciones de control y fiscalización
interna de la gestión económico-financiera, patrimonial y presupuestaria, así como de la
contabilidad y tesorería, para lo que tendrá acceso a toda la documentación federativa.
El Comité de Transparencia y Buen Gobierno es el órgano encargado de velar por el
cumplimiento de las disposiciones de la Ley 1/2014, de 24 de junio, y del presente código
de buen gobierno.
El Comité de Transparencia y Buen Gobierno estará compuesto por un mínimo de
cuatro miembros: un Presidente o Presidenta, un Secretario o Secretaria y dos Vocales.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00295480

Obligaciones de información económica a la Asamblea General.
Para promover una participación activa y responsable de los diversos estamentos
que forman parte la RFGA, se deberá remitir a los miembros de la Asamblea General
copia de los siguientes documentos:
a) Cuentas anuales, constituidas por el balance de situación, la cuenta de pérdidas y
ganancias y la memoria.
b) Liquidación del presupuesto del ejercicio.
c) Dictamen de auditoria y carta de recomendaciones.
d) Asimismo, deberá estar a disposición de los miembros de la misma los apuntes
contables correspondientes que soportan dichas transacciones.
Las cuentas anuales y la liquidación del presupuesto del ejercicio deberán ser
elaboradas de acuerdo con las Normas de Adaptación del Plan General de Contabilidad
a las Federaciones Deportivas y demás normativa aplicable, de forma que muestren la
imagen fiel del patrimonio, de la situación financiera y de los resultados de la entidad.