3. Otras disposiciones. . (2024/13-31)
Resolución de 10 de enero de 2024, de la Dirección General de Sistemas y Valores del Deporte, por la que se dispone la publicación del Código de Buen Gobierno de la Federación Andaluza de Balonmano.
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Número 13 - Jueves, 18 de enero de 2024
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f) En ningún caso se podrá llevar a cabo ninguna actuación que pretenda falsificar
los encabezados de correo electrónico con el objeto de confundir a los destinatarios en
cuanto a remitente, fechas u horas de remisión.
g) Tampoco se podrá incluir direcciones de correo del dominio fandaluzabm.org y
cualquiera de sus posibles subdominios, en listas de distribución ajenas a las actividades
profesionales de la Federación, ni el reenvío a otros destinatarios internos o externos
desde las cuentas del dominio la Federación (o cualquiera de sus subdominios), de
correos en cadena o de estructuras piramidales.
h) La notificación a terceros no autorizados de los contenidos parciales o totales de
la libreta de direcciones de la Federación sin consentimiento expreso, así como el envío
de correos electrónicos con documentación confidencial a personas no autorizadas, está
estrictamente prohibida.
i) Antes de enviar un correo electrónico a cualquier externo, el usuario deberá tener
en cuenta y ser consciente, de que el contenido de dicho correo electrónico puede ser
utilizado como prueba por el destinatario del mismo, en un eventual conflicto judicial o
extrajudicial.
j) No se deben reenviar correos electrónicos ni documentos corporativos a cuentas
privadas del usuario, de sus familiares o amigos, ya que éstas no gozan del mismo nivel
de seguridad. Tampoco se puede configurar la cuenta de correo corporativo para reenviar
los correos recibidos a una cuenta de correo personal.
k) El formato de los correos electrónicos (tipos de letra, contenido de la firma,
etc.) será el establecido en todo momento por la Federación, para contribuir al mejor
funcionamiento general del servicio.
l) Está absolutamente prohibido utilizar o asociar cuentas de correo electrónico de la
Federación, en el uso particular de redes sociales.
Art. 34. Uso y acceso a internet.
1. La importancia de los servicios basados en la conexión a internet está creciendo
continuamente y el uso del correo electrónico y la navegación web son de vital importancia
para el desarrollo de nuestra actividad. No obstante, la Federación es consciente de los
riesgos que implica el acceso a contenidos externos no controlados o previstos por la
Organización, y por ello es necesario establecer un filtro de contenidos, eliminando la
posibilidad de acceso a páginas peligrosas e incluso delictivas, y focalizando el uso de
internet únicamente a los intereses profesionales de la Federación.
2. Para minimizar los riesgos derivados del uso de internet, los usuarios deben ser
conscientes de los siguientes extremos:
a) El uso de internet debe realizarse con fines lícitos, con arreglo a los valores éticos y
profesionales establecidos en el Código Ético de la Federación, y siempre con el máximo
respeto a la ley.
b) Se debe tener en cuenta que todas las actividades de los usuarios en internet no se
llevan a cabo con completa privacidad. Cada acceso se registra por medio de aplicaciones
de seguridad de la Federación, y puede ser también registrado en el servidor de destino.
Asimismo, la Federación se reserva el derecho de monitorizar y comprobar, de forma
aleatoria y sin previo aviso, cualquier acceso a internet realizado por los usuarios de la
red corporativa.
c) El acceso a debates en tiempo real (Chat—IRC) es especialmente peligroso, ya
que facilita la instalación de unidades que permiten accesos no autorizados al sistema,
por lo que su uso queda estrictamente prohibido. Igualmente está prohibido el uso de
sistemas de mensajería instantánea no instalados por el administrador de sistemas
de la Federación, o el uso de cualquier programa que utilice técnicas de peer-to-peer
(P2P) para compartir archivos a través de internet, pues este tipo de programas pueden
contribuir a superar los sistemas de defensa ante accesos no autorizados, y son un canal
de entrada de virus y troyanos.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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