3. Otras disposiciones. . (2024/13-31)
Resolución de 10 de enero de 2024, de la Dirección General de Sistemas y Valores del Deporte, por la que se dispone la publicación del Código de Buen Gobierno de la Federación Andaluza de Balonmano.
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Número 13 - Jueves, 18 de enero de 2024
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a) Autorización del gasto.
b) Autorización del pago.
c) Elaboración del documento de pago.
d) Firma de apoderados.
2. Segregación de funciones
El objetivo de la segregación de funciones consiste en evitar que una persona
intervenga en todas las fases de una transacción.
Este objetivo se verifica ampliamente al fijar las etapas de la contratación de bienes y
servicios, con los siguientes intervinientes:
a) Personal FABM emiten el pedido.
b) Tesorero/Delegado Territorial autoriza el pago.
c) Dos apoderados emiten el pago.
3. Funcionamiento de la Caja de Efectivo.
Los pagos en efectivo podrán obedecer a los siguientes conceptos:
a) Pagos a proveedores no habituales por importe inferior a 300 €.
b) Anticipos para gastos pendientes de justificación.
c) Pago de gastos de desplazamiento.
d) Otros autorizados específicamente por el Tesorero de la F.A.BM. o delegado
Territorial correspondiente.
Los pagos superiores a 300,00 € deberán ser autorizados con carácter previo por el
Tesorero o delegado Territorial correspondiente.
La justificación y aprobación de los movimientos de caja se realizará en el momento
de la reposición de fondo fijo, estando capacitados para realizar la comprobación el
Tesorero.
4. Pagos a proveedores por importe inferior a 300 €.
Esta modalidad de pago en efectivo se realizará para importes de reducida cuantía
con proveedores no habituales en aquellos casos derivados de entregas inmediatas o
reembolsos, o pequeños trabajos de conservación y/o reparación. La factura deberá estar
aceptada y conformada de acuerdo con las normas generales de este procedimiento.
5. Anticipos para gastos pendientes de justificación.
Las solicitudes de anticipos de efectivo para gastos a justificar únicamente serán
concedidas por el concepto de gastos de viaje, desplazamiento y manutención, y deberán
ser inferiores a 500 €.
Toda solicitud de anticipo para gastos deberá ir acompañada del documento
correspondiente, y deberá contar con las siguientes firmas:
a) Solicitante
b) Delegado Territorial respectivo.
c) Tesorero.
A la mayor brevedad deberá entregarse en la caja el documento justificativo del gasto
junto con los justificantes pertinentes, y que deberá incluir las siguientes firmas:
a) Solicitante
b) Delegado Territorial respectivo.
c) Tesorero.
6. Pago de gastos de desplazamiento.
Este tipo de pago se realizará contra la entrega de documento de Liquidación de
Gastos con requerimientos similares a las descritas en el apartado anterior.
7. Otros autorizados específicamente por el Tesorero o Delegado Territorial
correspondiente, quienes excepcionalmente podrán autorizar pagos por caja que no
se ajusten a los requisitos establecidos anteriormente, siempre que medie una solicitud
escrita y firmada, debidamente motivada.
8. Cobros en efectivo.
Únicamente se admitirán cobros en efectivo procedentes de:
a) Venta de material deportivo.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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