3. Otras disposiciones. . (2024/10-37)
Resolución de 21 de diciembre de 2023, por la que se publica el Presupuesto de la Universidad de Córdoba para el año 2024.
62 páginas totales
Página
BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 10 - Lunes, 15 de enero de 2024

página 215/27

No obstante, para abonar inscripciones a congresos o cualquier otro pago destinado
a la formación del personal de la Universidad de Córdoba se debe tener en cuenta lo
siguiente:
Formación externa:
Las inscripciones/matrículas a cursos, congresos, jornadas o similar se motivan y
justifican con la oferta de la actividad por parte del organismo público o privado que la
convoque, siendo este y no otro el destinatario del gasto público. Debiéndose aportar
la documentación que acredite tanto la entidad ofertante como el precio a pagar, siendo
único, fijado y estipulado por esta.
Asimismo, se debe aportar una memoria explicativa, firmada por el Director del
Departamento y/o por el gestor de la Orgánica, en la que quede debidamente justificada
la idoneidad y necesidad de acudir a esta formación para el desarrollo de la labor docente,
investigadora o de gestión administrativa de la Universidad de Córdoba.
Por tanto, se debe aportar: 1) la factura a nombre y CIF de la UCO 2) la oferta, el
programa del congreso, curso o actividad similar y 3) la memoria explicativa. Con
esta documentación se acredita la vinculación que tiene la formación con el docente,
investigador o personal de gestión, y si se trata de formación genérica o específica,
online o presencial; así como el importe de la inscripción/matrícula fijado y estipulado por
la entidad ofertante.
Ahora bien, si la factura se liquida dentro de una comisión de servicios por haber sido
emitida a nombre y CIF del comisionado, no es necesario que aporte memoria explicativa
ya que en el apartado «Motivo del permiso» del impreso de «Solicitud de permisos y
licencias al personal docente» o de «Comisiones de Servicio (PTGAS y contratados
con cargo a convenios, contratos y proyectos)» debe quedar debidamente justificada
la necesidad y acreditada/firmada por la autoridad competente (Rector/a, Decano/a o
Director/a de Centro, Director/a del Departamento, Gerente, Responsables de Unidades
de Gasto, etc.), pero hay que enviar la oferta de la actividad por parte del organismo
público o privado que la convoque, para acreditar tanto la entidad ofertante como el
precio a pagar.

Formación externa o interna:
Según establece el artículo 18, apartado 4.b), del presente Texto Articulado, la
concesión de ayudas o subvenciones para sufragar matrículas por formación deberá
ajustarse al Reglamento 33/2022 por el que se regulan los procedimientos de gestión de
las subvenciones otorgadas por la Universidad de Córdoba.
No obstante, para abonar inscripciones a congresos o cualquier otro pago destinado
a la formación de becarios, alumnos, colaboradores, etc., se debe aportar «Declaración
Responsable», firmada por el gestor de la UG, en la que:
- Se motive la necesidad y oportunidad de este gasto, al objeto de justificar que se
realiza sin perjuicio de otros miembros de la comunidad universitaria vinculados con el
Departamento.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00295221

Formación interna:
Se debe aportar una memoria explicativa, firmada por el Director del Departamento
y/o por el gestor de la Orgánica, en la que quede debidamente justificada la idoneidad
y necesidad de recurrir a esta formación para el desarrollo de su labor docente,
investigadora o de gestión.
Por otro lado, en aplicación del artículo 18, apartado 4.b), del presente Texto Articulado,
caso de proceder el pago de precios públicos/tasas de estudios reglados o no reglados
impartidos por la Universidad de Córdoba, éste se realizará por compensación entre el
crédito presupuestario que asume el gasto y la aplicación de ingresos que corresponda,
no siendo aceptable la gestión de pagos en firme o a justificar de esta naturaleza.
Otros miembros de la Comunidad Universitaria (becarios, alumnos, colaboradores, etc.)