3. Otras disposiciones. . (2024/5-27)
Resolución de 21 de diciembre de 2023, de la Cámara de Cuentas de Andalucía, por la que se ordena la publicación del Informe de fiscalización sobre determinadas áreas del Ayuntamiento de Berja (Almería). Ejercicio 2021.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía

BOJA

Número 5 - Lunes, 8 de enero de 2024

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Expedientes C/05/21, C/27/21, C/28/21 y C/29/21, todos estos contratos menores fueros adjudicados al mismo tercero siendo el objeto de estos la realización de unas obras en la Biblioteca
municipal, el total adjudicado asciende a 171.295,14€.
Expedientes C/23/21 y C/25/21: se trata de dos expedientes, cuyo objeto resulta similar, formalizados en 2021 y adjudicados al mismo contratista. Tal y como se expone en las memorias
técnicas de ambos expedientes, se trata de obras similares, por lo que, de llevar una buena actividad de planificación contractual, podría haberse licitado a través de un único expediente.
La suma de las cuantías de los dos contratos arroja un resultado de 37.051,22 €, y, además, en
el Registro Contable de Facturas, se ha detectado otra factura del mismo adjudicatario que responde al mismo objeto de 48.961,45 euros.
Expedientes C/14/21 y C/20/21: Se trata de la ejecución de dos obras en el mismo recinto, sito
en la C/ Haza Lorca s/n que, por su objeto podrían estar íntimamente relacionadas y que fueron
adjudicadas al mismo contratista mediante sendos contratos menores, en lugar de haberse licitado conjuntamente por un procedimiento que favoreciese la concurrencia. La suma de las
cuantías de los dos contratos asciende a 71.099,17 €.
65.

El art. 118.3 de la LCSP se refiere a la aprobación del gasto y la incorporación de la factura y la
BEP nº21 establece que en todos los gastos que hayan de ser objeto de contratación, se tramitará al inicio del expediente el Documento A, por importe igual al coste del proyecto o presupuesto elaborado. Esta norma no es observada en ninguno de los expedientes de contratos examinados ni los menores ni los no menores.
Además, tal como se muestra en el cuadro nº4, en los expedientes C 05/21, C27/21, C28/21 y
C29/21, las obligaciones reconocidas fueron adquiridas y contabilizadas antes de aprobarse el
gasto por la Junta de Gobierno Local. Estos contratos fueros tramitados con posterioridad a los
hechos económicos que acontecieron, prescindiéndose del procedimiento legalmente establecido y siendo por ello nulas de pleno derecho tal como se expone en el párrafo 64.
EXPEDIENTES OBLIGACIONES ANTERIORES A AUTORIZACIÓN DEL GASTO
Nº expediente

Aprobación gasto JGL

Obligación Rec.

C 05/21

10/05/2021

16/04/2021

43.725,01

C 27/21

08/03/2021

08/03/2021

43.855,18

C 28/21

21/06/2021

31/05/2021

43.234,36

C 29/21

29/11/2021

29/11/2021

40.480,59

Total

Fuente: Elaboración propia a partir de información facilitada por la Corporación

171.295,14

Cuadro nº 4

Los expedientes de contratos menores C11/20 y C12/21 incumplen el art.118.4 de la LCSP por
cuanto no contienen el preceptivo proyecto/presupuesto de obras.

00295001

66.

Importe Oper. (€)

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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