3. Otras disposiciones. . (2024/5-28)
Resolución de 21 de diciembre de 2023, de la Cámara de Cuentas de Andalucía, por la que se ordena la publicación del Informe de fiscalización de cumplimiento de la asistencia jurídica gratuita. Ejercicio 2021.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 5 - Lunes, 8 de enero de 2024

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A.38

En los siguientes subepígrafes se exponen los resultados alcanzados en los 49 expedientes que
han conformado la muestra, agrupados según la incidencia detectada por el equipo de
fiscalización. El efecto de estas incidencias en la muestra se calcula teniendo en cuenta los
expedientes en los que había información disponible y tratable.

A.39

Las DDTT han justificado las incidencias en la carencia de medios humanos y en la falta de
implantación del sistema de información TEMISA para todo el procedimiento de reconocimiento
del derecho a la asistencia jurídica gratuita (§A.19). Este sistema contemplaría desde la
presentación de la solicitud, las evidencias y/o consultas de las comprobaciones realizadas, la
puesta a disposición del expediente y su instrucción y resolución en las CAJG, así como las
comunicaciones y notificaciones pertinentes a las partes interesadas.
8.3.3.2. Expedientes sin información

A.40

Las DDTT no han remitido información de 10 de los 49 expedientes fiscalizados por las causas
expuestas a continuación.

A.41

Expedientes destruidos de conformidad con informes de la Comisión Andaluza de Valoración de
Documentos, a partir de las correspondientes resoluciones de la Dirección General de Patrimonio
Histórico y Documental:
1. La delegación territorial (en adelante DT) de Cádiz había destruido 3 de los 8 expedientes
fiscalizados. Eran por actuaciones llevadas a cabo por profesionales del colegio de
abogados de Cádiz. Uno se inició en 2014 y los otros dos en 2016. Se eliminaron en 2019,
aun cuando los procesos judiciales han continuado abiertos en 2021. Desde la delegación
se justifica que el elevado volumen de expedientes y la escasez de recursos humanos
(§A.13, A.14) le impide hacer el seguimiento de comprobación de la finalización o vigencia
de los expedientes. Además, señalan que no se tiene acceso al sistema TEMISA y ningún
órgano judicial comunica a la CAJG el devenir del proceso judicial; por lo que una vez la
resolución es firme, se da por finalizado el trámite administrativo en la delegación.
2. La DT de Granada ha destruido 2 de los 5 expedientes solicitados. Este hecho se ha
producido en 2022 para unas actuaciones iniciadas en 2014.
Respecto a estos expedientes (10,20% de la muestra), su destrucción cuando un procedimiento
judicial continúa abierto y generando compensaciones económicas por las actuaciones de los
profesionales que prestan los servicios de asistencia jurídica gratuita, no ha permitido disponer
de la documentación que lo conforman (§A.27). Si el procedimiento para el reconocimiento de
derecho a la asistencia jurídica gratuita se tramitara a través del TEMISA, dicho sistema
mantendría toda la información que sustenta el proceso judicial completo, desde la solicitud
hasta la última actuación pagada.9

Párrafo modificado por alegación presentada.

00295002

9

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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