3. Otras disposiciones. . (2024/5-28)
Resolución de 21 de diciembre de 2023, de la Cámara de Cuentas de Andalucía, por la que se ordena la publicación del Informe de fiscalización de cumplimiento de la asistencia jurídica gratuita. Ejercicio 2021.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 5 - Lunes, 8 de enero de 2024

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Las DDTT, que tampoco han implementado estos mecanismos, manifiestan que no forma parte
de las funciones de la CAJG previstas en el artículo 7 del RAJGA y que les compete a los colegios
profesionales que prestan los servicios. (§A.72 a A.77)
Además, salvo alguna queja o reclamación, la revisión de las actas de las sesiones de las CAJG no
ha puesto de manifiesto incorrecciones en la organización de estos servicios. (§A.78)
51

Las compensaciones económicas pagadas a los colegios profesionales en 2021 por el turno de oficio
fueron de 32,84 M€, por el turno de guardia ascendieron a 9,17 M€ y para gastos de funcionamiento
alcanzaron 3,85 M€, lo que representa un total de 45,87 M€. (§A.113)

52

El coste total de los recursos humanos aportados por la consejería competente en materia de
justicia, incluyendo los facilitados por las DDTT, se ha estimado en 2,42 M€. (§A.115 a A.117)

6.2. Expedientes de reconocimiento del derecho a la asistencia jurídica
gratuita
53

La destrucción de expedientes de reconocimiento del derecho a la asistencia jurídica en las DDTT,
cuando el proceso judicial continúa abierto y genera compensaciones económicas por las
actuaciones de los profesionales que prestan estos servicios, no ha permitido disponer de la
documentación que deben contener estos expedientes, detallada en el punto A.27. (§A.41) 6

54

Las solicitudes presentadas en los servicios de orientación jurídica de los colegios de abogados
para iniciar el procedimiento para el reconocimiento del derecho a la asistencia jurídica gratuita
(artículos 14 y 16 del RAJGA) tienen defectos en cuanto a que 4 de ellas no tienen consignada la
fecha (10,53% de la muestra) y 26 no están selladas con registro de entrada en el
correspondiente colegio (68,42% de la muestra). En el caso de las 12 solicitudes que sí tienen
este registro (31,58% de la muestra), han transcurrido por término medio 10,38 días entre la
firma del documento y el registro en el colegio. (§A.48, A.51)

55

En cuanto a la tramitación de las solicitudes en los servicios de orientación jurídica de los colegios
de abogados, en un caso de juicio rápido, la solicitud se cumplimentó con posterioridad a la
designación provisional del abogado, lo que contraviene los artículos 16.3. y 21.1 del RAJGA.
(§A.49)

Punto modificado por alegación presentada.

00295002

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Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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