3. Otras disposiciones. . (2024/5-28)
Resolución de 21 de diciembre de 2023, de la Cámara de Cuentas de Andalucía, por la que se ordena la publicación del Informe de fiscalización de cumplimiento de la asistencia jurídica gratuita. Ejercicio 2021.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 5 - Lunes, 8 de enero de 2024

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7. RECOMENDACIONES
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La Cámara de Cuentas de Andalucía recomienda la adopción de las medidas expuestas en este
epígrafe, orientadas a la mejora de la gestión de los fondos públicos. La implantación de estas
recomendaciones podrá ser objeto de alcance en futuros informes de fiscalización que tengan
como objetivo el seguimiento específico de este informe, las recomendaciones por materias o
cualquier otro asunto relacionado con el mismo.
En observancia de la “Guía práctica para la elaboración de recomendaciones”, elaborada por la
Cámara de Cuentas de Andalucía, se debe consignar una prioridad alta o media a cada
recomendación, teniendo en cuenta si se trata de una debilidad material o una deficiencia
significativa. En el caso de una prioridad alta, se requiere atención urgente de la dirección para
implantar controles / procedimientos que mitiguen los riesgos identificados en forma de
conclusiones. Para una prioridad media, la dirección deberá establecer un plan de acción concreto
para resolver la deficiencia observada en un plazo razonable.
Las recomendaciones van dirigidas a la consejería competente en materia de asistencia jurídica
gratuita en cuanto a las responsabilidades determinadas en el epígrafe 2 de este informe.

57

Facilitar más recursos humanos a las DDTT para garantizar el correcto funcionamiento de las CAJG,
lo que redundaría en la adecuación de su calendario de sesiones a las exigencias normativas.
(prioridad alta) (§22, 23)

58

Revisar la información registrada en el sistema TEMISA en cuanto a que en el procedimiento de
asistencia a las víctimas de violencia de género se atienda al agresor o detenido por este delito, los
cuales, si reúnen los requisitos para ser beneficiarios de la asistencia jurídica gratuita, deben ser
asistidos por los procedimientos ordinarios. (prioridad alta) (§25)

59

Establecer los objetivos de programáticos y de calidad del sistema de prestación del derecho a la
asistencia jurídica gratuita, así como las normas para el acceso a los servicios prestados por los
profesionales, asegurando la correspondencia con los objetivos señalados. (prioridad alta) (§26)

60

Implantar el sistema de información TEMISA para el procedimiento de reconocimiento del derecho
a la asistencia jurídica gratuita y garantizar su integración con las compensaciones económicas por
los servicios prestados por los profesionales de los colegios de abogados y procuradores. (prioridad
alta) (§31, 40)
Esta implantación aseguraría la disposición completa y permanente de los expedientes tramitados
desde su solicitud hasta su resolución y posteriores compensaciones económicas en su caso.
Implementar controles que aseguren que las compensaciones económicas por las prestaciones de
los abogados y procuradores se abonen por actuaciones que tengan reconocido el derecho a la
asistencia jurídica gratuita. La implantación completa del sistema TEMISA lo facilitaría. (prioridad
alta) (§31, 41, 42)

62

Establecer controles para evitar los incumplimientos de plazos. Nuevamente el sistema TEMISA
debe incorporar validaciones informáticas al respecto. (prioridad alta) (§32 a 39)

00295002

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Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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