3. Otras disposiciones. . (2024/5-25)
Resolución de 19 de diciembre de 2023, de la Dirección General de Justicia Juvenil y Cooperación de la Consejería de Justicia, Administración Local y Función Pública, por la que se aprueba la modificación de los estatutos del Colegio de Procuradores de los Tribunales de Málaga y se dispone su inscripción en el Registro de Colegios Profesionales de Andalucía.
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Número 5 - Lunes, 8 de enero de 2024

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Artículo 34. De los Deberes de los Colegiados.
Todos los Colegiados tienen la obligación de ejercer bien y fielmente la representación
procesal encomendada y cooperar con los Órganos de la Administración de Justicia,
manteniendo la dignidad personal y profesional, actuando con profesionalidad, honradez,
diligencia, lealtad y respeto con los Órganos Jurisdiccionales, con su mandante, con los
Procuradores y con los Letrados. Con la parte adversa mantendrá en todo momento un
trato considerado y correcto.
Concretamente está obligado a:
a) A cumplir las normas legales, estatutarias, deontológicas y los acuerdos adoptados
por los órganos corporativos.
b) A llevar un libro de conocimientos y otro de cuentas de los litigantes.
c) A rendir cuentas a los clientes de las cantidades percibidas y de los pagos
realizados en beneficio de su mandante.
d) A satisfacer las cuotas ordinarias y extraordinarias, así como el resto de las
contribuciones establecidas por los servicios recibidos y acordadas por el Colegio, el
Consejo Andaluz de Colegios de los Procuradores de los Tribunales, el Consejo General
de Procuradores de los Tribunales.
e) A denunciar ante el Colegio los actos que impliquen ejercicio ilegal de la profesión
o que sean contrarios al Estatuto o que afecten a la independencia, libertad o dignidad
del Procurador en su actividad profesional.
f) A percibir los derechos que dispongan las disposiciones arancelarias.
g) A ejercer la profesión y a mantener despacho profesional abierto.
h) A comunicar al Colegio el domicilio profesional, así como cualquier cambio que se
produzca en el mismo.
i) A recoger las notificaciones que se remitan telemáticamente y a acudir a las Salas
de notificaciones de los Juzgados y Tribunales en los que ejerza la profesión.
j) A devolver, inmediatamente después de su notificación, a los Juzgados y Tribunales,
aquellas resoluciones que por error se le hayan entregado y que pertenezcan a otro
colegiado, sin perjuicio de comunicarlo al jefe del Servicio del Colegio de Procuradores,
así como al propio colegiado, el contenido de las mismas.
k) A consignar el nombre y el número de colegiado en aquellos escritos y notificaciones
que firmen por encargo y sustitución de otro colegiado.
l) A guardar secreto sobre los hechos, documentos y situaciones relacionadas con
sus clientes y los obtenidos en su calidad de miembro de la Junta de Gobierno o como
Procurador asociado.
m) A prestar Asistencia Jurídica Gratuita y Turno de Oficio cuando sea necesario para
cubrir el servicio que debe prestar el Colegio.
n) A poner en conocimiento del compañero que estuviese interviniendo en un
procedimiento, su intención de personarse en representación de la persona la que
estuviese representando.
ñ) A suscribir póliza de Responsabilidad Civil por el importe suficiente para cubrir los
riesgos en que pudiera incurrir en el ejercicio de su actuación profesional, siempre que
el Colegio no contemple esta contingencia en póliza colectiva para todos los colegiados.
o) A cuidar de las instalaciones colegiales, evitando su deterioro.
p) A mantener el vínculo de solidaridad y compañerismo.
q) A respetar a los miembros de la Junta de Gobierno, del Consejo Andaluz de
Colegios de los Procuradores de los Tribunales y del Consejo General.
r) A colaborar con el Decano y con la Junta de Gobierno en cuantas actuaciones le
sean encomendadas.
s) Los procuradores no podrán dirigirse a las víctimas directas o in­directas de
catástrofes, calamidades públicas u otros sucesos que hubieran producido un número
elevado de víctimas que cumplen los requisitos que se determinen reglamentariamente
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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