3. Otras disposiciones. . (2024/2-50)
Resolución de 22 de diciembre de 2023, de la Universidad de Granada, por la que se acuerda la publicación del Presupuesto de la misma para el ejercicio 2024, una vez aprobado por el Consejo Social.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 2 - Miércoles, 3 de enero de 2024

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Aquellas actuaciones menores que promuevan los distintos Centros y Servicios
relativas a Obras (incluidas las instalaciones fijas de placas fotovoltaicas), Mantenimiento
y Equipamiento (mobiliario), estarán centralizadas a través de la Unidad Técnica y se
llevarán a cabo según el siguiente procedimiento:
a) Petición o solicitud de inicio:
Cuando el responsable de un centro de gasto estime necesario llevar a cabo una
actuación en el edificio, ya sea obra, equipamiento (mobiliario de oficina, de laboratorio,
de aulas, etc.) o mantenimiento, remitirá la solicitud debidamente cumplimentada, en
formato PDF y firmado digitalmente, a la dirección de correo electrónico de la Unidad
Técnica: ufut@ugr.es
Cuando la actuación afecte a zonas comunes o elementos estructurales, la solicitud
deberá contar además con el visto bueno del equipo decanal/dirección del edificio.
b) Tramitación:
Una vez recibida la petición en la Unidad Técnica, se evaluará la viabilidad técnica
y económica de la actuación solicitada. En caso de que la actuación sea viable, el
Responsable de Gestión Administrativa de la Unidad Técnica iniciará el procedimiento
de tramitación del contrato menor a través de la aplicación CÓMPRAME y solicitará al
peticionario que realice la correspondiente redistribución de crédito, y/o modificación
presupuestaria en su caso, al centro de gasto correspondiente de la Unidad Técnica.
Una vez recibido el justificante de haber solicitado la tramitación de la redistribución y/o
modificación presupuestaria, se podrá iniciar la actuación solicitada.
Los suministros de material diverso para reparaciones (ferreterías, almacenes de
materiales, etc.) que necesiten adquirir los Centros y/o Servicios para labores rutinarias a
realizar por el personal de mantenimiento de la UGR serán gestionados directamente por
los Gestores Económicos de los propios Centros.
Por el contrario, cuando se trate de actuaciones que vaya a realizar y facturar una
empresa externa, el procedimiento a seguir será el indicado en el apartado a).
5. Independientemente de su consideración como contrato menor, las empresas
deberán estar facultadas para contratar con la Administración, de acuerdo con lo
establecido en la legislación vigente. El Gerente, a través del Servicio de Contratación
y Gestión Patrimonial, podrá solicitar la documentación acreditativa de su capacidad
y solvencia, así como de no estar incurso en las prohibiciones para contratar con la
Administración.
6. De conformidad con el artículo 43.1.f) de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre,
General Tributaria, las empresas deberán aportar certificado específico de la Agencia
Tributaria a los efectos de no resultar exigible a la Universidad de Granada la
responsabilidad subsidiaria prevista en el citado precepto por la contratación de obras,
concesión de obras públicas, gestión de servicios públicos, suministro y servicios.
7. El Gerente fijará la normativa y los requisitos para el cumplimiento de los dos
apartados anteriores.

Artículo 136. Formalización de contratos administrativos.
En todos los contratos superiores a la cuantía establecida para contratos menores
será necesaria la formalización de contratos administrativos, de acuerdo con la legislación
específica vigente.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

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Artículo 135. Fraccionamiento del precio en los contratos.
1. Se prohíbe el fraccionamiento de las facturas con la finalidad de disminuir la
cuantía de las mismas y eludir así el procedimiento de adjudicación de contratos que
correspondan, de conformidad con la legislación vigente en materia de contratación.
2. La Oficina de Control Interno podrá realizar muestreos aleatorios al respecto y
emitirá el informe procedente.