3. Otras disposiciones. . (2024/2-50)
Resolución de 22 de diciembre de 2023, de la Universidad de Granada, por la que se acuerda la publicación del Presupuesto de la misma para el ejercicio 2024, una vez aprobado por el Consejo Social.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 2 - Miércoles, 3 de enero de 2024

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siempre que haga constar su identidad en los documentos en formato papel conformados
y se encuentren registrados en la base de datos habilitada en el Servicio de Contabilidad
y Presupuesto para la identidad de los Responsables de Centros de Gasto. En Centros de
Gasto de grupos, proyectos y contratos de investigación los responsables de los mismos
serán sustituidos por la persona que éstos designen de entre los miembros del grupo
o investigadores colaboradores de los proyectos o contratos de investigación, debiendo
éstos últimos, en todo caso, tener vinculación permanente con la UGR.

Artículo 91. Reconocimiento de la obligación.
1. El reconocimiento de la obligación (Fase O) es el acto mediante el que se declara
la existencia de una obligación exigible contra la Universidad, derivado de un gasto
aprobado y comprometido y que comporta la propuesta de pago correspondiente. Se
producirá previa acreditación documental ante el órgano competente de la realización de
la prestación o el derecho del acreedor de conformidad con los acuerdos que en su día
aprobaron y comprometieron el gasto.
2. El reconocimiento de la obligación se efectuará una vez que:
a) Sea recibida la factura y/o justificantes que prueben la recepción de los bienes,
la prestación del servicio o el derecho del acreedor con todos los requisitos legales que
correspondan al gasto autorizado.
Las facturas deberán ser presentadas según se establece en la Resolución del
Rectorado de la Universidad de Granada, de 4 de julio de 2016, por la que se crea y pone
en marcha el registro contable electrónico de facturas de la Universidad de Granada, se
establece su régimen jurídico, se determinan los requisitos funcionales y técnicos del
mismo y se regula el procedimiento para la tramitación de las facturas y las actuaciones
de seguimiento que deben realizarse por los distintos órganos, unidades y servicios de
esta universidad (BOUGR núm.110, 27 de julio de 2016). En tanto no se cumplan los
requisitos de tiempo y forma de presentación establecidos en dicha Resolución, no se
entenderá cumplida la obligación por parte del proveedor de presentación de facturas en
el registro correspondiente.
Igualmente no serán admitidas en el momento de recepción, aquellas facturas con
una fecha de emisión que supere en un mes desde la entrega de los bienes o servicios,
tal como viene establecido en el artículo 13 del Real Decreto 1619/2012, de 30 de
noviembre, por el que se aprueba el Reglamento por el que se regulan las obligaciones
de facturación.
b) Por la unidad de gestión económica correspondiente, se comprobará que las
facturas o documentos sustitutivos de éstas relativos a gastos realizados con Tarjeta
electrónica de pago de la UGR, gastos a recuperar por cesionario, gastos tramitados
con el carácter de «A Justificar» y facturas de proveedor extranjero, con la excepción
recogida en el artículo 2.4 del Real Decreto 1619/2012, de 30 de noviembre, por el que se
aprueba el Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación, contienen
los siguientes requisitos:
1. Número de factura.
2. Fecha de expedición que deberá estar comprendida dentro del plazo de ejecución
aprobado para los proyectos o subvenciones recibidas.
3. Datos Proveedor: Identificación, NIF y domicilio fiscal.
4. Datos Destinatario: Universidad de Granada. NIF de la UGR.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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Artículo 90. Compromiso o disposición del gasto.
El compromiso o disposición del gasto (Fase D) es el acto mediante el cual se
acuerda, tras el cumplimiento de los trámites legalmente establecidos, la realización de
gastos previamente aprobados, por un importe determinado o determinable. Es un acto
con relevancia jurídica para con terceros, vinculando a la Universidad a la realización del
gasto a que se refiera en la cuantía y condiciones establecidas.