3. Otras disposiciones. . (2024/2-50)
Resolución de 22 de diciembre de 2023, de la Universidad de Granada, por la que se acuerda la publicación del Presupuesto de la misma para el ejercicio 2024, una vez aprobado por el Consejo Social.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 2 - Miércoles, 3 de enero de 2024

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Artículo 21. Aprobación del presupuesto.
Elaborado el proyecto de presupuesto el Gerente lo remitirá al Consejo Social para
su estudio antes del 1 de diciembre de cada ejercicio. Asimismo, en el mes de diciembre
lo elevará al Consejo de Gobierno para su aprobación provisional y posterior remisión al
Consejo Social para su aprobación definitiva.
Artículo 22. Prórroga del Presupuesto.
1. De conformidad con el artículo 224.3 de los Estatutos, si al iniciarse el ejercicio
económico de 2024 no se hubiese aprobado el presupuesto correspondiente, se
entenderá automáticamente prorrogado el presupuesto inicial del ejercicio anterior, en
las aplicaciones presupuestarias pertinentes, y hasta que se produzca dicha aprobación.
2. La prórroga no afectará a los créditos para gastos correspondientes a servicios o
programas que tengan que acabar en el ejercicio cuyos presupuestos se prorrogan, por
lo que, el Rector, a propuesta del Gerente, aprobará los ajustes técnicos procedentes.
3. Mediante resolución del Gerente, podrá autorizarse la declaración de no
disponibilidad de algunos de los créditos prorrogados con la finalidad de no incurrir en
obligaciones superiores a los créditos que finalmente se autoricen con la aprobación de
los Presupuestos de la UGR para el ejercicio 2024. Dichas medidas serán informadas al
Consejo de Gobierno previa consideración y, en su caso, aprobación del Consejo Social
en la primera sesión posterior que se celebre.
4. El presupuesto prorrogado podrá ser objeto de todas las modificaciones presupuestarias
previstas en la normativa vigente, las cuales se incorporarán al mismo, si procede.
CAPÍTULO III: ESTRUCTURA DEL PRESUPUESTO.
Artículo 23. Estructura del Presupuesto.
1. La estructura del Presupuesto de la UGR se adapta a las normas que, con carácter
general, se encuentran establecidas para el sector público andaluz.
2. La estructura del Presupuesto se determina teniendo en cuenta la organización y
distribución entre los diversos Centros de Gastos de la UGR (clasificación orgánica), la
naturaleza económica de los ingresos y de los gastos (clasificación económica), y las
finalidades u objetivos que con estos últimos se pretende conseguir (clasificación funcional).
3. En concordancia con la normativa aplicable, el Estado de Gastos se presenta de
acuerdo con su clasificación orgánica, funcional y económica. El Estado de Ingresos, por
su parte, se presenta de acuerdo con su clasificación orgánica y económica.

Artículo 24. Clasificación funcional.
La clasificación funcional agrupa los créditos para gastos en atención de la finalidad y
objetivos perseguidos. La asignación de los créditos se efectúa dentro de una estructura
de programas generales y subprogramas o programas propios, en función de los objetivos
académicos y de gestión, extensión cultural e investigación que se pretenden conseguir.
Los Programas contemplados son:
422D «Enseñanzas Universitarias»
541A «Investigación Científica»
321B «Estructura y Gestión Universitaria»
Los Subprogramas que se contemplan, a partir de los Programas anteriores, son:
a) Dependientes del 422D:
- Subprograma 422D.1 «Personal Docente e Investigador»
- Subprograma 422D.2 «Personal Técnico, de Gestión y de Administración y Servicios»
- Subprograma 422D.3 «Acción Social»
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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SECCIÓN PRIMERA: ESTRUCTURA DEL ESTADO DE GASTOS.