3. Otras disposiciones. . (2024/2-50)
Resolución de 22 de diciembre de 2023, de la Universidad de Granada, por la que se acuerda la publicación del Presupuesto de la misma para el ejercicio 2024, una vez aprobado por el Consejo Social.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 2 - Miércoles, 3 de enero de 2024

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3. Los procesos establecidos para la gestión económica y financiera de la UGR
deberán perseguir la consecución de la eficacia y la eficiencia en las operaciones a
realizar, la fiabilidad de la información financiera a suministrar y el cumplimiento en todo
caso de la normativa que resulte de aplicación.
Artículo 18. Contabilidad pública.
1. La UGR estará sujeta al régimen de contabilidad pública que resulte de aplicación,
tanto para reflejar toda clase de operaciones y resultados de su actividad, como para
facilitar datos e información, en general, que sean necesarios para el desarrollo de sus
funciones.
2. A los efectos de normalización contable, la estructura del presupuesto y del
sistema contable de la UGR deberán estar adaptados en todo momento a las normas
establecidas en la materia para el sector público.
TÍTULO II: EL PRESUPUESTO DE LA UNIVERSIDAD DE GRANADA.
CAPÍTULO I: CONTENIDO.
Artículo 19. Forma y contenido del presupuesto.
1. El presupuesto será único, público y equilibrado e incluirá la totalidad de los gastos
e ingresos de la Universidad.
2. El presupuesto se compone del siguiente contenido mínimo:
a) El resumen por capítulos de los estados de ingresos y gastos del ejercicio.
b) El Estado del Presupuesto de Ingresos del ejercicio detallado a nivel de concepto.
c) El Estado del Presupuesto de Gastos del ejercicio detallado a nivel de concepto.
d) El Presupuesto de Gastos distribuidos por Programas funcionales.
e) El Presupuesto de Gastos de los diferentes Centros Gestores con consignación
presupuestaria, debiendo contener además la cuantía asignada para el ejercicio 2024 de
los Centros, Departamentos e Institutos.
f) La memoria del presupuesto, conteniendo la explicación de las principales líneas de
su elaboración y ejecución previstas conforme a criterios de estabilidad presupuestaria y
sostenibilidad financiera. Igualmente contendrá el límite de gasto para el ejercicio y las
principales variaciones con respecto al presupuesto del ejercicio anterior.
g) La programación plurianual del presupuesto conforme a un marco presupuestario
a medio plazo.
h) La relación de puestos de trabajo del Personal de Administración y Servicios (que
puede verse en la web de la Universidad de Granada:
https://gerencia.ugr.es/comunicacion/pages/rpt/publicacion/rpt/%21) y plantillas del
Personal Docente e Investigador junto a la valoración de la totalidad de los costes de las mismas.
i) Informes de impacto por razón de género y de impacto medioambiental.
3. Todo programa de actividades financiado con recursos afectados se incluirá
en el presupuesto y deberá ser objeto de una adecuada identificación que permita su
seguimiento contable.

Artículo 20. Elaboración del Presupuesto.
1. Corresponde al Gerente la elaboración del proyecto de presupuesto conforme a las
líneas generales establecidas en estas bases y a las necesidades de la Universidad, que
deberá realizarse dentro del último trimestre anterior al ejercicio al que corresponda.
2. La información necesaria para la elaboración del proyecto de presupuesto podrá
ser solicitada con la antelación y formato que se determine por resolución del Rector.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

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CAPÍTULO II. ELABORACIÓN Y APROBACIÓN DEL PRESUPUESTO.