Disposiciones generales. . (2023/248-13)
Resolución de 22 de diciembre de 2023, del Rector de la Universidad de Jaén, por la que se aprueban las bases reguladoras y se convocan ayudas en concurrencia competitiva a proyectos de Investigación aplicada del Plan Operativo de Investigación y Transferencia del Conocimiento de la Universidad de Jaén 2023, financiados por el Programa Operativo FEDER Andalucía 2021-2027.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 248 - Viernes, 29 de diciembre de 2023

página 19497/6

bioseguridad, seguridad biológica, protección del medioambiente, patrimonio natural y
biodiversidad, patrimonio histórico y cultural y protección de datos. A tales efectos, el
personal investigador principal deberá aportar junto con la aceptación de la ayuda la
correspondiente autorización del comité de ética/seguridad, o en caso de no tener estas
implicaciones, declaración responsable a tales efectos.
Cuarta. Dotación y pago de las ayudas.
1. La dotación presupuestaria para esta convocatoria es de 1.746.479,00 euros,
efectuándose la siguiente distribución por modalidades:

1. Infraestructura y
equipamientos de I+D+I
2. Pruebas de concepto
TOTAL

ACCIÓN
1.A. Infraestructuras de investigación y tecnológicas
1.B. Proyectos de investigación aplicada e
innovación
1.B.a. Talento UJA
1.B.b. Talento UJA consolidado
Pruebas de concepto

IMPORTE €
500.000

450.000
646.479
150.000
1.746.479

Tanto la aplicación presupuestaria como el expediente de RC se tramitará desde
la Oficina de Transferencia del Conocimiento, cuando tenga lugar la carga inicial del
Presupuesto a 1 de enero de 2024. Asimismo, se adquiere el compromiso de gasto
para las siguientes las anualidades 2025 y 2026, por el importe resultante de las ayudas
concedidas en virtud de la presente convocatoria, cuyos expedientes de RC se tramitarán
a 1 de enero, con cargo al presupuesto de cada una de las citadas anualidades.
2. La transferencia de las ayudas a los proyectos de investigación e innovación se
efectuará por su totalidad junto a la resolución de concesión.
3. Los importes máximos a financiar así como la distribución de presupuesto por
modalidad de proyecto serán los siguientes:
Modalidad 1.A.
La cuantía máxima de esta modalidad será determinada por la Comisión de
Investigación en función del presupuesto presentado en los proyectos y el informe de
evaluación recibido por parte de los evaluadores externos.
Modalidad 1.B.
Modalidad 1.B.a.
112.500,00€ por proyecto. Esta cuantía estará destinada a la contratación del
investigador emergente que será de 43.000 euros anuales, incluida seguridad social,
cuota patronal y demás costes con base legal, contando con una dotación adicional para
gastos de ejecución de 26.500 euros que deberá ejecutarse en un plazo de 24 meses a
contar desde la fecha de la resolución de concesión.
Modalidad 1.B.b.
Se efectúa una reserva financiera de un total 646.479 euros para financiar hasta
20 proyectos de investigadores o investigadoras consolidados/as. Con cargo a dicha
reserva se concederá un máximo de 4 proyectos por cada una de las 5 grandes ramas
(Humanidades y Arte, Sociales y Jurídicas, Salud, Ciencias Experimentales e Ingenierías)
y el resto se asignará por orden de puntuación. Si alguna rama no tuviera solicitudes
susceptibles de financiación, la plaza se asignará por orden de puntuación entre los
proyectos no financiados con mayor puntuación normalizada por rama. Los proyectos
financiados deberán ejecutarse en un plazo de 24 meses a contar desde la fecha de la
resolución de concesión.
Modalidad 2.
Hasta 30.000€ por proyecto. Los proyectos financiados deberán ejecutarse en un
plazo de 24 meses a contar desde la fecha de la resolución de concesión.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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MODALIDAD