Disposiciones generales. . (2023/248-13)
Resolución de 22 de diciembre de 2023, del Rector de la Universidad de Jaén, por la que se aprueban las bases reguladoras y se convocan ayudas en concurrencia competitiva a proyectos de Investigación aplicada del Plan Operativo de Investigación y Transferencia del Conocimiento de la Universidad de Jaén 2023, financiados por el Programa Operativo FEDER Andalucía 2021-2027.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 248 - Viernes, 29 de diciembre de 2023

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Quinta. Conceptos susceptibles de ayuda.
Serán susceptibles de ayuda los costes de ejecución inequívocamente vinculados
con el proyecto y que se ajusten a los siguientes conceptos:
El presupuesto solicitado se agrupará según los siguientes conceptos para cada
Modalidad:
A) Modalidad 1.A:
1. Inmovilizado material, incluyendo:
1.1. Obra civil de carácter científico-tecnológica necesaria para el desarrollo de
actividades concretas de I+D+I.
1.2. Adquisición, construcción, montaje, transporte y puesta en funcionamiento de
infraestructuras Científico-Técnicas.
1.3. Adquisición, construcción, montaje, transporte y puesta en funcionamiento,
de equipamiento científico-técnico, incluyendo servidores informáticos y redes de
comunicación.
1.4. Planificación, ingeniería y dirección facultativa.
1.5. Estudios de viabilidad, diseño detallado o construcción de infraestructuras,
equipamiento, instrumentación científica avanzada o componentes de elevado contenido
tecnológico para su posterior ubicación y operación en una instalación de la Universidad
de Jaén.
1.6. Otras inversiones en activos fijos materiales, no incluidas en los apartados
anteriores, necesarias para el proyecto.
1.7. Otros costes necesarios para instalar o poner en funcionamiento el equipamiento
científico-técnico adquirido con cargo a la ayuda prevista en esta convocatoria.
2. Inmovilizado inmaterial, incluyendo:
2.1. Programas de ordenador de carácter técnico.
2.2. Derechos de propiedad industrial e intelectual.
2.3. Investigación contractual, conocimientos y patentes adquiridas u obtenidas por
licencias de fuentes externas.
3. Personal. Gastos de personal nuevo contratado, que deberá estar dedicado en
exclusiva al proyecto.
3.1. Serán subvencionables los gastos de contratación de personal investigador
doctor, personal predoctoral, personal de apoyo y personal auxiliar de gestión del
proyecto.
4. Otros gastos, que pueden incluir.
4.1. Movilidad: gastos de viaje, locomoción, dietas, alojamiento y manutención,
seguros o visados, de los componentes del equipo de investigación o del personal
contratado.
4.2. Apoyo y asesoramiento en actividades tales como consultoría de gestión,
asistencia tecnológica, uso y gestión de datos, calidad, ensayo y certificación, y otras
necesarias para la ejecución de las actuaciones.
4.3. Trabajos de asistencia técnica, asesoramiento y realización de estudios técnicos;
4.4. Publicidad, publicación y difusión de resultados.
4.5. Las licencias permanentes de programas de ordenador de carácter técnico y
destinado exclusivamente a la investigación y que posibilite la utilización adecuada
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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4. En caso de no agotarse la cuantía asignada a las Ayudas para la Modalidad M1.A.
Infraestructuras de investigación y tecnológicas, el crédito disponible se podrá destinar
a las restantes Modalidades M1.B. Proyectos de investigación aplicada e innovación y
Modalidad M2. Pruebas de concepto. No obstante, el importe previsto para la Modalidad
M1.A tiene la consideración de máximo, de forma que el sobrante de las Modalidades
M1.B y M2 no podrá destinarse a financiar proyectos de infraestructuras elegibles de la
Modalidad M1.A.