Disposiciones generales. . (2023/248-10)
Orden de 19 de diciembre de 2023, de la Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, dirigidas a la construcción y/o adaptación de centros de día y centros residenciales para personas mayores y personas con discapacidad de titularidad de entidades locales, entidades sin ánimo de lucro y entidades mercantiles de ámbito social, a fin de adecuarlos al nuevo modelo de cuidados de larga duración, con cargo al Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR) ?financiado por la Unión Europea-NextGenerationEU?, y se efectúa su convocatoria para el año 2023.
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Número 248 - Viernes, 29 de diciembre de 2023

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que no se supere el coste total de las actuaciones, cuando la regulación de las otras
ayudas lo permitan. Asimismo, se aplicará lo dispuesto en el artículo 191 del Reglamento
2018/1046, Financiero de la Unión, respecto al principio de concesión no acumulativa y
prohibición de la doble financiación.
No se puede cubrir las mismas partidas de coste y la suma de las distintas
subvenciones no debe superar el coste total.
Estas subvenciones son incompatibles con las líneas de subvenciones, en régimen de
concurrencia competitiva, destinadas a entidades privadas para proyectos de inversión
con fines sociales con cargo a la asignación tributaria del 0,7% del Impuesto sobre la
Renta de las Personas Físicas y del Impuesto sobre Sociedades para financiar cualquier
proyecto o fase de proyecto que sea beneficiario de las convocatorias 2023, 2024 y 2025.
7. Los eventuales aumentos sobrevenidos en el crédito disponible posibilitarán una
resolución complementaria de la concesión de la subvención que incluya solicitudes
que, aun cumpliendo todos los requisitos, no hayan sido beneficiarias por agotamiento
del mismo, de conformidad con lo previsto en el artículo 10.e) de Decreto 282/2010, de
4 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de Procedimientos de concesión de
subvenciones de la Administración de la Junta de Andalucía.
8. Respecto a las obligaciones que establece esta orden, además de las previstas
en la normativa reguladora en materia de subvenciones, se establecen las siguientes
obligaciones especificas según la Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, por la
que se configura el sistema de gestión del Plan de Recuperación, Transformación y
Resiliencia:
- Suscripción de una Declaración de Ausencia de Conflicto de Intereses.
- Obligación de la persona beneficiaria de suministrar información sobre la perceptora
final de los fondos si no es la misma, y sobre todo los contratistas y subcontratistas.
- Cumplimiento de los principios transversales establecidos en el PRTR y que pudieran
afectar al ámbito objeto de gestión, conforme el artículo 2 de la Orden HFP/1030/2021, de
29 de septiembre, por la que se configura el sistema de gestión del Plan de Recuperación,
Transformación y Resiliencia (Anexo IV, Modelo C de la Orden).
- Concesión de los derechos y accesos necesarios para garantizar que la Comisión, la
OLAF, el Tribunal de Cuentas Europeo, la Fiscalía Europea y las autoridades nacionales
competentes, ejerzan sus competencias.
- Publicidad de las actuaciones financiadas con el Fondo comunitario, de acuerdo
con el artículo 34 del Reglamento (UE) 2021/214 del Parlamento Europeo y del Consejo,
de 12 de febrero de 2021, por el que se establece el Mecanismo de Recuperación y
Resiliencia, así como en el artículo 9 de la Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre.
- No causar daño significativo al medio ambiente (DNSH), en el sentido del artículo 17
del Reglamento (UE) 2020/852.
- Toda la comunicación que se genere debe recoger los elementos identificativos del
PRTR en los términos del Manual de la Marca del PRTR del Gobierno de España.
Así mismo, el Reglamento por el que se establece el Mecanismo de Recuperación
y Resiliencia 2021/241 del Parlamento Europeo y el Consejo en su artículo 22.2.d),
establece como obligación específica la de recabar, a efectos de auditoría y control
del uso de fondos en relación con las medidas destinadas a la ejecución de reformas y
proyectos de inversión en el marco del plan de recuperación y resiliencia, en un formato
electrónico que permita realizar búsquedas y en una base de datos única, la siguiente
categorías de datos:
i) El nombre del perceptor final de los fondos.
ii) E
 l nombre del contratista y del subcontratista, cuando el perceptor final de los
fondos sea un poder adjudicador de conformidad con el Derecho de la Unión o
nacional en materia de contratación pública.
iii) Los nombres, apellidos y fechas de nacimiento de los titulares reales del perceptor
de los fondos o del contratista, según se define en el artículo 3, punto 6, de la
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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