Disposiciones generales. . (2023/248-10)
Orden de 19 de diciembre de 2023, de la Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, dirigidas a la construcción y/o adaptación de centros de día y centros residenciales para personas mayores y personas con discapacidad de titularidad de entidades locales, entidades sin ánimo de lucro y entidades mercantiles de ámbito social, a fin de adecuarlos al nuevo modelo de cuidados de larga duración, con cargo al Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR) ?financiado por la Unión Europea-NextGenerationEU?, y se efectúa su convocatoria para el año 2023.
136 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía

BOJA

Número 248 - Viernes, 29 de diciembre de 2023

página 19510/7

Europeos procedentes del Mecanismo para la Recuperación y Resiliencia, publicado en
la Orden de 19 de noviembre de 2021.
3. La secuencia de pago se establecerá de la siguiente manera:
DENOMINACIÓN DE LA LÍNEA
Línea CLD1: Subvenciones dirigidas a la construcción y/o adaptación de Centros de Día
y Centros Residenciales para Personas Mayores, de titularidad de entidades locales y
entidades mercantiles de ámbito social, a fin de adecuarlos al nuevo modelo de cuidados de
larga duración.
Línea CLD1: Subvenciones dirigidas a la construcción y/o adaptación de Centros de Día y
Centros Residenciales para Personas Mayores, de titularidad de entidades sin ánimo de
lucro, a fin de adecuarlos al nuevo modelo de cuidados de larga duración.
Línea CLD2: Subvenciones dirigidas a la construcción y/o adaptación de Centros de Día
y Centros Residenciales para Personas con Discapacidad, de titularidad de entidades sin
ánimo de lucro, a fin de adecuarlos al nuevo modelo de cuidados de larga duración.

PORCENTAJE
PRIMER PAGO

PORCENTAJE
SEGUNDO
PAGO

50%

50%

100%
100%

4. Para la línea CLD1, subvenciones dirigidas a la construcción y/o adaptación
de Centros de Día y Centros Residenciales para Personas Mayores, de titularidad de
entidades locales, entidades sin ánimo de lucro y entidades mercantiles de ámbito social,
a fin de adecuarlos al nuevo modelo de cuidados de larga duración, se destinará una
cuantía máxima de 56.675.0000 €, con un ámbito de competitividad territorial para toda la
Comunidad Autónoma de Andalucía, con la siguiente distribución funcional:
ÁMBITO FUNCIONAL
CENTROS DE DÍA

CENTROS RESIDENCIALES

Entidades Locales
Entidades sin ánimo de lucro
Entidades Mercantiles de ámbito social
Entidades Locales
Entidades del sin ánimo de lucro
Entidades Mercantiles de ámbito social

CUANTÍA MÁXIMA
(en euros)
13.000.000,00
2.675.000,00
4.000.000,00
27.000.000,00
4.000.000,00
6.000.000,00

5. Para la Línea CLD2, subvenciones dirigidas a la construcción y/o adaptación de
Centros de Día y Centros Residenciales para personas con Discapacidad, de titularidad
de entidades sin ánimo de lucro a fin de adecuarlos al nuevo modelo de cuidados de
larga duración, se destinará una cuantía máxima de 16.675.000 €, con un ámbito de
competitividad territorial para toda la Comunidad Autónoma de Andalucía, con la siguiente
distribución funcional:
CENTROS DE DÍA
CENTROS RESIDENCIALES

CUANTÍA MÁXIMA
(en euros)
7.675.000,00
9.000.000,00

6. En todo caso, la concesión de las subvenciones previstas estará limitada por las
disponibilidades presupuestarias existentes. Además del crédito máximo disponible
para esta convocatoria, excepcionalmente, se podrá contar con una cuantía adicional,
cuya aplicación a la concesión no requerirá de una nueva convocatoria, y que podría
incorporarse a la cuantía máxima indicada con anterioridad a que se dicte la resolución
de concesión, como consecuencia de un aumento de crédito disponible derivado de
una generación, una ampliación o una incorporación de crédito, de conformidad con
lo dispuesto en el artículo 10. d) del Reglamento de Procedimientos de Concesión de
Subvenciones de la Administración de la Junta de Andalucía, aprobado por el Decreto
282/2010, de 4 de mayo.
Las subvenciones serán compatibles con cualesquiera otras ayudas públicas para
el mismo objeto, siempre que no procedan de fondos de la Unión Europea y siempre
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00294730

ÁMBITO FUNCIONAL