Disposiciones generales. . (2023/248-10)
Orden de 19 de diciembre de 2023, de la Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, dirigidas a la construcción y/o adaptación de centros de día y centros residenciales para personas mayores y personas con discapacidad de titularidad de entidades locales, entidades sin ánimo de lucro y entidades mercantiles de ámbito social, a fin de adecuarlos al nuevo modelo de cuidados de larga duración, con cargo al Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR) ?financiado por la Unión Europea-NextGenerationEU?, y se efectúa su convocatoria para el año 2023.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 248 - Viernes, 29 de diciembre de 2023
página 19510/52
5.c) 1º. Gastos subvencionables.
Se consideran gastos subvencionables, estructurándose en la siguientes categorías, los gastos de actividad
efectuados en concepto de:
1. Construcción, remodelación y adecuación de edificios de acuerdo con apartado 2.a):
2. Licencias municipales.
3. Honorarios profesionales (redacción de proyectos, dirección de obras, certificados o similares,
siendo sus cantidades a subvencionar proporcionales al importe total de la cuantía solicitada para la
intervención propuesta en los conceptos de gastos subvencionables), incluyendo el coste del visado del
proyecto básico.
4. Instalaciones e intervenciones para la mejora energética.
Se consideran gastos no subvencionables:
- Gastos de amortización de los bienes inventariables.
- Tributos soportados susceptibles de recuperación o compensación.
- Gastos de personal.
5.c) 2º Posibilidad de compensar gastos subvencionables
☐ No.
☒ Sí. Se podrán compensar los siguientes gastos subvencionables: Se podrá compensar
cualquiera de las categorías de gastos subvencionables.
entre
Porcentaje máximo que se permite compensar:
☒ Porcentaje máximo: Hasta un 20 % de cada una de las anteriores categorías de gasto
previstas en el presupuesto aceptado. Siempre que se dirijan a alcanzar el fin de la
subvención y
ello no comprometa la correcta elegibilidad de los gastos subvencionados.
☐ El porcentaje máximo se indicará en la Resolución de concesión.
5.d) Costes indirectos:
☒ No serán subvencionables costes indirectos.
☐ Criterios de imputación y método de asignación de los mismos:
☐ Fracción del coste total que se considera coste indirecto imputable a la actividad
subvencionada:
5.e) Plazo dentro del que deben haberse realizado los gastos subvencionables:
Adicionalmente según el artículo 17.2 del Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo
de 12 de febrero de 2021, por el que se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, las medidas
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00294730
Comprenderá el período de ejecución de la actuación, que quedará fijado en la resolución de concesión.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 248 - Viernes, 29 de diciembre de 2023
página 19510/52
5.c) 1º. Gastos subvencionables.
Se consideran gastos subvencionables, estructurándose en la siguientes categorías, los gastos de actividad
efectuados en concepto de:
1. Construcción, remodelación y adecuación de edificios de acuerdo con apartado 2.a):
2. Licencias municipales.
3. Honorarios profesionales (redacción de proyectos, dirección de obras, certificados o similares,
siendo sus cantidades a subvencionar proporcionales al importe total de la cuantía solicitada para la
intervención propuesta en los conceptos de gastos subvencionables), incluyendo el coste del visado del
proyecto básico.
4. Instalaciones e intervenciones para la mejora energética.
Se consideran gastos no subvencionables:
- Gastos de amortización de los bienes inventariables.
- Tributos soportados susceptibles de recuperación o compensación.
- Gastos de personal.
5.c) 2º Posibilidad de compensar gastos subvencionables
☐ No.
☒ Sí. Se podrán compensar los siguientes gastos subvencionables: Se podrá compensar
cualquiera de las categorías de gastos subvencionables.
entre
Porcentaje máximo que se permite compensar:
☒ Porcentaje máximo: Hasta un 20 % de cada una de las anteriores categorías de gasto
previstas en el presupuesto aceptado. Siempre que se dirijan a alcanzar el fin de la
subvención y
ello no comprometa la correcta elegibilidad de los gastos subvencionados.
☐ El porcentaje máximo se indicará en la Resolución de concesión.
5.d) Costes indirectos:
☒ No serán subvencionables costes indirectos.
☐ Criterios de imputación y método de asignación de los mismos:
☐ Fracción del coste total que se considera coste indirecto imputable a la actividad
subvencionada:
5.e) Plazo dentro del que deben haberse realizado los gastos subvencionables:
Adicionalmente según el artículo 17.2 del Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo
de 12 de febrero de 2021, por el que se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, las medidas
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00294730
Comprenderá el período de ejecución de la actuación, que quedará fijado en la resolución de concesión.