Disposiciones generales. . (2023/527-2)
Resolución de 27 de diciembre de 2023, de la Viceconsejería, por la que se da publicidad a la Instrucción de 27 de diciembre de 2023, por la que se establecen las disposiciones comunes aplicables a las intervenciones de desarrollo rural no SIGC de la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva del Plan Estratégico de la Política Agraria Comunitaria 2023-2027.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía

Extraordinario núm. 27 - Miércoles, 27 de diciembre de 2023

página 19587/5

INSTRUCCIONES
Primera. Objeto.
La presente instrucción tiene por objeto establecer el modelo de texto articulado
de bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia
competitiva de las intervenciones regionales FEADER no SIGC por la Consejería de
Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural en el marco del Plan Estratégico de la Política
Agrícola Común (PEPAC) 2023-2027.
Será de aplicación a las intervenciones regionales FEADER no SIGC, gestionadas
por la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural, correspondientes a
las medidas incluidas en los artículos 73, 74, 75, 77 y 78 ámbito del Reglamento (UE)
2021/2115 del Parlamento Europeo y del Consejo de 2 de diciembre de 2021, por el que se
establecen normas en relación con la ayuda a los planes estratégicos que deben elaborar
los Estados miembros en el marco de la política agrícola común (planes estratégicos
de la PAC), financiada con cargo al Fondo Europeo Agrícola de Garantía (FEAGA) y al
Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER), y por el que se derogan los
Reglamentos (UE) núm. 1305/2013 y (UE) núm. 1307/2013.
Segunda. Cuestiones generales.
Los centros directivos se ajustarán, en sus proyectos de bases reguladoras para la
concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de subvenciones financiadas con
cargo al FEADER, al texto articulado recogido en el Anexo I, así como al cuadro resumen
recogido en el Anexo II.
Cuando el centro directivo proponente de una orden por la que se aprueben las
bases reguladoras correspondientes a una ayuda de su competencia no se ajuste en su
elaboración al modelo de bases reguladoras recogido en el Anexo I y Anexo II de esta
Instrucción, deberá contar, para continuar con la tramitación de su proyecto de orden,
con la previa conformidad de la Viceconcejería a fin de evaluar las causas por las que se
separa del texto propuesto.
Asimismo, en los casos en los que se haga una utilización parcial del texto articulado
propuesto en esta instrucción, deberá especificarse expresamente la parte o partes del
texto que se separan de lo dispuesto en el mismo, facilitando de esta forma la emisión de
los preceptivos informes durante el procedimiento de elaboración de las órdenes por las
que se aprueben las bases reguladoras.
Tercera. Publicidad y actualizaciones.
La presente instrucción será objeto de publicación en el Boletín Oficial de la Junta
de Andalucía, así como en la página web de la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua
y Desarrollo Rural. Asimismo, será objeto de las actualizaciones necesarias en función
de los cambios normativos que puedan producirse y que puedan afectarle, las cuales se
realizarán por la Secretaría General Técnica.
Cuarta. Efectos.
La presente instrucción surtirá efectos a partir del día siguiente al de su firma.

00294838

Sevilla, 27 de diciembre de 2023.- La Viceconsejera, Consolación Vera Sánchez.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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