Disposiciones generales. . (2023/527-1)
Decreto-ley 11/2023, de 27 de diciembre, por el que se modifica la Ley 3/2005, de 8 de abril, de Incompatibilidades de Altos Cargos de la Administración de la Junta de Andalucía y de Declaración de Actividades, Bienes, Intereses y Retribuciones de Altos Cargos y otros Cargos Públicos.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía

Extraordinario núm. 27 - Miércoles, 27 de diciembre de 2023

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perjuicio de la debida publicidad que se dará al mismo, no solo a través de los boletines
oficiales, sino también mediante su publicación en el Portal de Transparencia de la Junta
de Andalucía, dando cumplimiento a la obligación dispuesta en el artículo 13.2 de la
Ley 1/2014, de 24 de junio, de Transparencia Pública de Andalucía.
Por último, en relación con el principio de eficiencia y teniendo en cuenta la propia
naturaleza de la medida adoptada, este Decreto-ley impone únicamente las cargas
administrativas imprescindibles para alcanzar los fines establecidos en el mismo.
En su virtud, y en uso de la facultad concedida por el artículo 110 del Estatuto de
Autonomía para Andalucía, a propuesta de la persona titular de la Consejería de la
Presidencia, Interior, Diálogo Social y Simplificación Administrativa, de conformidad con
lo previsto en el artículo 27.3 de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la
Comunidad Autónoma de Andalucía, y previa deliberación del Consejo de Gobierno, en
su reunión celebrada el día 27 de diciembre de 2023,
DISPONGO
Artículo único. Modificación de la Ley 3/2005, de 8 de abril, de Incompatibilidades
de Altos Cargos de la Administración de la Junta de Andalucía y de Declaración de
Actividades, Bienes, Intereses y Retribuciones de Altos Cargos y otros Cargos Públicos.
La Ley 3/2005, de 8 de abril, de Incompatibilidades de Altos Cargos de la Administración
de la Junta de Andalucía y de Declaración de Actividades, Bienes, Intereses y Retribuciones
de Altos Cargos y otros Cargos Públicos, queda modificada como sigue:
Uno. Se modifica el título de la Ley que queda intitulada del siguiente modo:
«Ley 3/2005, de 8 de abril, de Incompatibilidades y Retribuciones del personal Alto
Cargo de la Administración de la Junta de Andalucía y de Declaración de Actividades,
Bienes, Intereses y
Retribuciones del personal Alto Cargo y otros Cargos Públicos.»
Dos. Se modifica el artículo 1 que queda redactado del siguiente modo:
«Artículo 1. Objeto.
La presente Ley regula el régimen de incompatibilidades y retribuciones del personal alto
cargo de la Administración de la Junta de Andalucía, así como la declaración de actividades,
bienes, intereses y retribuciones del personal alto cargo y de otros cargos públicos.»

Cuatro. Se modifica el artículo 3.3, que queda redactado como sigue:
«3. Podrán compatibilizar sus funciones con el ejercicio, retribuido o no, de la docencia
en la enseñanza universitaria, siempre que no suponga detrimento de su dedicación y, en
todo caso, con un límite no superior a las setenta y cinco horas anuales o su equivalencia
con el régimen de dedicación del profesorado expresado en créditos ECTS siempre que
la retribución que, en su caso, se perciba no supere el 15% de las que les corresponda
por razón del cargo. Asimismo, se incluyen las actividades de investigación y de
asesoramiento científico o técnico, siempre que estén vinculadas a la universidad.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

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Tres. Se modifica el párrafo d) del apartado 1 del artículo 2, que queda redactado
como sigue:
«d) Las personas titulares de la Presidencia, de las Consejerías electivas que
desempeñen sus funciones con carácter exclusivo y a tiempo completo y de la Secretaría
General del Consejo Consultivo de Andalucía, así como las personas titulares de la
Presidencia, de las Consejerías y de la Secretaría General del Consejo Audiovisual de
Andalucía y la persona titular de la Dirección del Consejo de Transparencia y Protección
de Datos de Andalucía.»