Disposiciones generales. . (2023/527-1)
Decreto-ley 11/2023, de 27 de diciembre, por el que se modifica la Ley 3/2005, de 8 de abril, de Incompatibilidades de Altos Cargos de la Administración de la Junta de Andalucía y de Declaración de Actividades, Bienes, Intereses y Retribuciones de Altos Cargos y otros Cargos Públicos.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía

Extraordinario núm. 27 - Miércoles, 27 de diciembre de 2023

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A tal fin y teniendo en cuenta que las retribuciones del personal alto cargo de la Junta
de Andalucía no han experimentado en los últimos años las mismas actualizaciones
que las del personal funcionario, se considera adecuado actualizar dichas retribuciones
tomando como referencia las cuantías que perciben por todos los conceptos con carácter
fijo y periódico los portavoces de los grupos parlamentarios andaluces, y minorándolas
en los porcentajes que se establecen en este Decreto-ley en función del rango de los
distintos órganos. Se consigue con ello actualizar y clarificar las retribuciones de este
personal, al referirse a unos conceptos retributivos definidos, como son los de los
portavoces de los grupos parlamentarios.
Entendiendo el desempeño de los puestos de máxima responsabilidad del Gobierno
y de la Administración como un servicio público imprescindible en nuestro sistema
democrático y siguiendo la línea de profundizar en la transparencia de las retribuciones
de los titulares que ocupan la más elevada jerarquía en la organización, la Ley 3/2005,
de 8 de abril, debe ser modificada para atender la necesidad de que se regulen de
forma objetiva y transparente las retribuciones a percibir por estos, respondiendo a la
exigencia ética de construir sistemas de salvaguarda del ejercicio independiente, objetivo
e imparcial del deber público. Asimismo, en aras de una mayor transparencia, procede la
adecuación del título a esta nueva regulación.
Por otra parte, no solo se justifica la necesidad de dicha regulación única y uniforme,
sino que las medidas legislativas deben adoptarse lo antes posible, porque las bases de
este régimen retributivo deben estar aprobadas antes de que entre en vigor la Ley del
Presupuesto de la Comunidad Autónoma, el día 1 de enero de 2024, fecha a partir de la
cual se producirán los efectos económicos retributivos.
II
Finalmente, el Decreto-ley 8/2023, de 24 de octubre, por el que se modifica el artículo 40
del Texto Refundido de la Ley Andaluza de Universidades, aprobado por Decreto
Legislativo 1/2013, de 8 de enero, incorpora un segundo párrafo en el epígrafe c) del
artículo 40.1 que permite que las personas a las que hace referencia el artículo 3 de la
Ley 3/2005, de 8 de abril, puedan ejercer como profesorado asociado. Este Decreto- ley
no prevé una disposición final que modifique el artículo 3.3 de la Ley 3/2005, de 8 de abril,
lo que puede generar dudas en cuanto a su aplicación, en lo relativo a la posibilidad de
ejercer como profesor asociado a que se refiere el artículo 40.1.c) párrafo segundo antes
citado, ya que no se concreta si resulta necesaria la previa autorización por la Consejería
competente en materia de administración pública y sobre la limitación retributiva en su
caso, y de horas para ejercer la docencia en la enseñanza universitaria.
En consecuencia, resulta necesario aclarar con la mayor urgencia posible estos
aspectos como medida de garantía que facilitará una mayor transparencia, en el ámbito
del régimen de incompatibilidades del alto cargo, habida cuenta que ya ha entrado en
vigor el citado artículo 40.
Por último, la nueva regulación en una ley sustantiva de las retribuciones del personal
alto cargo exige la modificación del artículo 15 de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, para
adecuarlo a este régimen.

Respecto al contenido del presente Decreto-ley, mediante su artículo único se
modifica la Ley 3/2005, de 8 de abril, que a través de distintos apartados, adapta el título
a la nueva regulación, modifica los artículos 1 y 2 e introduce un capítulo nuevo donde
se recogen las bases del régimen retributivo del personal alto cargo y asimilado de la
Junta de Andalucía y de sus agencias administrativas y de régimen especial, del Consejo
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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