3. Otras disposiciones. . (2023/245-35)
Acuerdo de 19 de diciembre de 2023, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba el Contrato-Programa entre el Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía y la Agencia Pública Empresarial de la Radio y Televisión de Andalucía para el periodo 2024-2026.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 245 - Martes, 26 de diciembre de 2023

página 40208/65

SÉPTIMA. Modificaciones y resolución del Contrato-Programa
1. El presente Contrato-Programa por razones de interés público podrá modificarse en
cualquier momento durante su período de vigencia a propuesta de la Comisión Mixta de
Seguimiento y Control en los supuestos previstos en punto 3 de la cláusula ‘Octava’, debiendo
ser suscrita dicha propuesta de modificación por las partes firmantes para su incorporación al
texto del Contrato-Programa.
2. Toda propuesta de modificación será remitida al Consejo Audiovisual de Andalucía para que
evacue informe previo en caso de que afectase a materias que fueran de su competencia.
3. De mutuo acuerdo las partes podrán acordar la resolución del presente Contrato-Programa
en el supuesto de que estimen que se ha producido una sobrevenida, significativa y
persistente situación adversa de la realidad económica general o del sector industrial del
audiovisual en que operan la RTVA y su Sociedad filial Canal Sur, y que objetivamente
aconsejase la determinación de nuevos niveles de compromisos asumidos por las partes.
4. En todo caso, se procederá a la resolución del presente Contrato-Programa en el supuesto
de que en alguno de los ejercicios presupuestarios de su vigencia resultara necesario
disminuir en un cinco por ciento o más las cantidades económicas a consignar en Ley de
Presupuestos de la Comunidad de cualquier ejercicio determinadas en la cláusula ‘Sexta’,
salvo que la variación para un ejercicio siguiente estuviera motivada por la necesidad de
equilibrio financiero derivada de las cuentas del ejercicio anterior.
5. En caso de resolución del presente Contrato-Programa, las partes acordarán la suscripción
de un nuevo Contrato-Programa por el tiempo que restase hasta la fecha de 31 de diciembre
de 2026, de acuerdo con el artículo 8.1 de la Ley 18/2007.

OCTAVA. Comisión Mixta de Seguimiento y Control del Contrato-Programa
Lo dispuesto en el presente Contrato-Programa sobre resultados y cumplimiento de lo
estipulado en el mismo será objeto de un constante control interno, en el seno de la RTVA y
de su Sociedad filial Canal Sur, e igualmente será llevado a cabo por la Comisión Mixta de
Seguimiento y Control del Contrato-Programa creada conforme a lo siguiente:

de Seguimiento y Control del Contrato-Programa se constituye en mecanismo que asegure
el control permanente de la ejecución de lo establecido en el presente Contrato-Programa
y de los resultados de su aplicación. La Comisión estará integrada por ocho personas,
Contrato-Programa RTVA 2024-2026

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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1. Con arreglo a lo dispuesto en el artículo 8.2 letra d) de la Ley 18/2007, la Comisión Mixta