3. Otras disposiciones. . (2023/245-35)
Acuerdo de 19 de diciembre de 2023, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba el Contrato-Programa entre el Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía y la Agencia Pública Empresarial de la Radio y Televisión de Andalucía para el periodo 2024-2026.
69 páginas totales
Página
BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 245 - Martes, 26 de diciembre de 2023

página 40208/64

4. Conforme a las necesidades de presupuesto de capital de la sociedad mercantil Canal Sur
derivado de la actividad inversora referida en la cláusula Quinta del presente ContratoPrograma para el trienio 2024-2026, así como para las inversiones que acometa la RTVA, el
Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía, con cargo a aportaciones del Presupuesto
General de la Comunidad de cada año correspondiente, se compromete a consignar las
siguientes cantidades:
a) Para el ejercicio 2024 la cantidad de 1.550.000 euros correspondiente a la sociedad
mercantil Canal Sur Radio y Televisión, S.A. Para el ejercicio 2025 y para el de 2026
igualmente la cantidad de 1.550.000 euros en cada uno de ellos.
b) La Agencia Pública Empresarial RTVA de su presupuesto para el ejercicio 2024 se
indica la cantidad de 1.016.650 euros para la financiación de capital por inversiones, y
adicionalmente dispondrá de la cantidad de 648.860 euros derivados de fondos
comunitarios del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia. Para el ejercicio 2025 y
para el de 2026 igualmente la cantidad de 1.016.650 euros en cada uno de ellos.
Por los mismos motivos expuestos en la letra b) del número 3 de esta cláusula, las anteriores
cantidades estimadas para las entidades del grupo empresarial para el ejercicio 2025 y para el
de 2026 podrán ser modificadas en función de la cifra de negocios que se prevea para cada
una de dichas anualidades, y determinándose en su caso el máximo de la cantidad anual a
transferir en el momento del año precedente a cada uno de esos ejercicios en que el grupo
empresarial RTVA pueda hacer una estimación real de la cifra de negocios de la RTVA y su
Sociedad Canal Sur.
5. Sin perjuicio de lo previsto anteriormente, la RTVA podrá alcanzar acuerdos de
colaboración con otras Administraciones, órganos y entidades del sector público andaluz, y
podrá acometer parte de las inversiones previstas en la cláusula Quinta del presente
Contrato-Programa mediante ingresos generados por operaciones u otras fuentes de
financiación públicas o privadas suficientes para esa finalidad.
6. La Consejería de la Junta de Andalucía competente en materia de Hacienda Pública
aprobará el calendario de pagos, de acuerdo con el Plan de disposición de fondos de la
Tesorería General que establezca el Consejo de Gobierno, por el que se efectuarán las
transferencias de las cantidades que correspondan a la RTVA, tomando en consideración sus

00294475

necesidades financieras.

Contrato-Programa RTVA 2024-2026

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

Página 61 de 66

https://www.juntadeandalucia.es/eboja