Autoridades y personal. . (2023/244-47)
Resolución de 18 de diciembre de 2023, de la Universidad de Málaga, por la que se convoca concurso público de méritos para la adjudicación de plazas de Profesor/a Ayudante Doctor/a.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 244 - Viernes, 22 de diciembre de 2023

página 19244/8

7. Trámite de alegaciones.
7.1. En el plazo de diez días hábiles, a contar desde el día siguiente a la publicación
de la relación referenciada en el apartado anterior, los concursantes podrán interponer
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00294411

6.4. La Comisión Asesora evaluará los méritos de los candidatos en dos fases. Sea n,
el número de plazas que se bareman conjuntamente (en el Anexo I separadas por un guion
si son más de 1). En una primera fase sólo se tomarán en consideración los méritos que los
concursantes hayan etiquetado como principales, acorde con el Anexo III. La baremación
de la primera fase establecerá un orden inicial de candidatos. En una segunda fase, a los
2n+2 primeros candidatos según ese orden inicial se les baremarán todos los méritos para
obtener el orden final. En el caso de que tras la resolución del concurso se produjeran
renuncias y correspondiera asignar plazas a candidatos por debajo de los 2n+2, se volverá
a remitir la documentación a la Comisión Asesora para que bareme todos los méritos de los
candidatos por debajo de la posición 2n+2. En cualquier caso, el requisito de puntuación
mínima de la base 6.3, que excluye del proceso de selección al candidato que no la supere,
sólo se tendrá en cuenta cuando se hayan revisado todos los méritos del candidato.
6.5. En el caso de que uno o varios méritos de los candidatos estén certificados
en idioma diferente al castellano, y la Comisión Asesora necesite su traducción para
valorarlos, deberá requerir al candidato/a o candidatos/as afectados/as para que
presenten la correspondiente traducción jurada. Para evitar dilaciones innecesarias por
este motivo, este requerimiento debe realizarse al comienzo de la baremación.
6.6. Para una adecuada valoración de los méritos, la Comisión Asesora, podrá
realizar a los concursantes cuantas entrevistas estimen oportunas y requerirles para que
justifiquen o amplíen la documentación acreditativa de los mismos, según lo establecido
en la Ley del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. No
presentar la documentación requerida sobre los méritos invocados en la solicitud y no
justificados adecuadamente conllevará la no baremación de esos méritos.
6.7. La Comisión Asesora podrá hacer uso de la posibilidad, prevista en el apartado
6 del baremo de Profesores/as Ayudantes Doctores/as de la Universidad de Málaga, de
celebrar una entrevista cuando entre los candidatos que superen el mínimo de puntuación
exista una diferencia inferior a cinco puntos respecto del primero. Dicha diferencia será
la que se obtenga en las comparaciones por pares de cada uno de los candidatos con
el primero. En el Anexo I.1 y I.2 aparecen indicadas las áreas de conocimiento que han
solicitado ejercer dicha posibilidad de entrevista para la baremación y propuesta de
candidatos en las plazas de su área.
6.8. La Comisión Asesora deberá completar el proceso de valoración de los candidatos
en el plazo máximo de treinta días, a partir de la recepción de la documentación. La
Comisión Asesora comunicará al Vicerrectorado de Personal Docente e Investigador
cualquier incidencia que justifique un retraso en el plazo del proceso de valoración
(elevado número de concursantes, comprobación de méritos, …). Una vez que concluya
sus actuaciones, el Secretario de la Comisión devolverá la documentación referida al
concurso al Presidente de la Comisión de Selección y entregará acta de las mismas, a
los que adjuntará como Anexos los siguientes documentos:
a) Relación de todos los concursantes, ordenados de acuerdo con la aplicación del
baremo, e indicación de la puntuación alcanzada en cada uno de los apartados del baremo.
b) Detalle de la aplicación del baremo a cada uno de los concursantes.
c) Informe individualizado sobre las incidencias surgidas en la aplicación del baremo
a cada uno de los concursantes, con especial referencia a los criterios técnicos y factores
de pertinencia empleados.
d) Informe razonado acerca del grado de adecuación de los distintos concursantes.
6.9. El presidente de la Comisión de Selección procederá a publicar, en la página
web del Servicio de PDI de la Universidad de Málaga, extracto de las actuaciones de la
Comisión Asesora conteniendo la relación de concursantes ordenados según el baremo.