Disposiciones generales. . (2023/243-3)
Resolución de 18 de diciembre de 2023, del Vicerrectorado de Investigación y Transferencia del Conocimiento de la Universidad de Jaén, por la que se convocan Ayudas de Iniciación a la Investigación, con cargo a la acción 2 del Plan Operativo de Apoyo a la Investigación.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 243 - Jueves, 21 de diciembre de 2023
página 19205/3
5. Documentación a presentar.
5.1. Solicitud, que se formalizará mediante impreso normalizado, recogido en el
Anexo III, que estará a disposición de las personas interesadas en la página web del
Vicerrectorado de Investigación y Transferencia del Conocimiento, dentro del apartado
del Plan Operativo de Apoyo a la Investigación (Acción 2), en el siguiente enlace:
https://bit.ly/3QWZKmf
5.2. Fotocopia del Documento Nacional de Identidad o documento acreditativo
equivalente para los/as ciudadanos/as de la Unión Europea, o del pasaporte y permiso de
residencia de la persona solicitante en caso de ciudadanos/as de otros países.
5.3. El alumnado matriculado en un grado de la Universidad de Jaén, y que haya
superado el 75% de los créditos sin haber finalizado el grado, ha de presentar la hoja de
expediente académico.
5.4. Las personas candidatas matriculadas en un máster de la Universidad de Jaén
deberán presentar copia del título de Grado y certificado académico oficial del Grado
que da acceso al Máster. Cuando se trate de certificados expedidos por centros distintos
a la Universidad de Jaén, se requerirá que la nota sea expresada en una escala de 10
puntos. Además, debe constar cuáles son las calificaciones máximas y mínimas dentro
del sistema de evaluación correspondiente y cuál es la calificación mínima para aprobar.
Si la certificación académica está expedida en un idioma distinto al español o al inglés,
deberá acompañarse de la correspondiente traducción oficial a uno de estos dos idiomas.
5.5. Visto bueno del/la investigador/a responsable de la estructura de investigación o
del investigador/a principal del proyecto de investigación, en su caso (Anexo IV).
5.6. Memoria de la actividad de iniciación a la investigación a realizar (Anexo V)
por parte del/a investigador/a responsable de la ayuda. La memoria se presentará en el
formato indicado con una extensión máxima de 2.000 palabras y en la misma se indicarán
las principales tareas a realizar.
5.7. Informe favorable del/la investigador/a responsable de la Estructura de
Investigación o investigador/a principal del proyecto de investigación al que se va a
asociar la ayuda de iniciación a la investigación (Anexo VI).
Ante la falta de cualquiera de los documentos o la no acreditación suficiente de
cualquiera de los requisitos anteriormente señalados, el Vicerrectorado de Investigación
y Transferencia del Conocimiento requerirá a la persona interesada la correspondiente
subsanación en un plazo de cinco días, de acuerdo con el artículo 68 de la Ley 39/2015,
de 1 de octubre, indicándose que si así no lo hiciera, se tendrá por desistida su solicitud,
archivándose la misma, previa resolución dictada a tal efecto de acuerdo con el artículo
21.1 de la citada ley.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00294371
4.2. En el caso de estudiantes de Grado, será necesario haber superado el 75%
de los créditos de la titulación cursada y tener una nota media del expediente en los
créditos superados igual o superior a la señalada a continuación para cada Rama de
Conocimiento, en una escala de 10 puntos:
• 6,50 puntos para la Rama de Ingeniería.
• 6,75 puntos para la Rama de Ciencias.
• 7,00 puntos para la Ramas de Ciencias de la Salud.
• 7,25 puntos para la Rama de Ciencias Sociales y Jurídicas.
• 7,50 puntos para la Rama de Humanidades.
4.3. En el caso de estudiantes de Máster, puede acceder a esta ayuda el alumnado
matriculado en másteres oficiales de la Universidad de Jaén a día de finalización del plazo
de presentación de solicitudes de esta convocatoria. En este caso, se ha de acreditar
una nota media en el expediente académico de los estudios previos de Grado que dan
acceso al máster igual o superior a la señalada en el apartado 4.2 en función de la Rama
de Conocimiento.
4.4. Todos los requisitos anteriores deberán cumplirse a fecha de finalización del
plazo de presentación de solicitudes de la presente convocatoria.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 243 - Jueves, 21 de diciembre de 2023
página 19205/3
5. Documentación a presentar.
5.1. Solicitud, que se formalizará mediante impreso normalizado, recogido en el
Anexo III, que estará a disposición de las personas interesadas en la página web del
Vicerrectorado de Investigación y Transferencia del Conocimiento, dentro del apartado
del Plan Operativo de Apoyo a la Investigación (Acción 2), en el siguiente enlace:
https://bit.ly/3QWZKmf
5.2. Fotocopia del Documento Nacional de Identidad o documento acreditativo
equivalente para los/as ciudadanos/as de la Unión Europea, o del pasaporte y permiso de
residencia de la persona solicitante en caso de ciudadanos/as de otros países.
5.3. El alumnado matriculado en un grado de la Universidad de Jaén, y que haya
superado el 75% de los créditos sin haber finalizado el grado, ha de presentar la hoja de
expediente académico.
5.4. Las personas candidatas matriculadas en un máster de la Universidad de Jaén
deberán presentar copia del título de Grado y certificado académico oficial del Grado
que da acceso al Máster. Cuando se trate de certificados expedidos por centros distintos
a la Universidad de Jaén, se requerirá que la nota sea expresada en una escala de 10
puntos. Además, debe constar cuáles son las calificaciones máximas y mínimas dentro
del sistema de evaluación correspondiente y cuál es la calificación mínima para aprobar.
Si la certificación académica está expedida en un idioma distinto al español o al inglés,
deberá acompañarse de la correspondiente traducción oficial a uno de estos dos idiomas.
5.5. Visto bueno del/la investigador/a responsable de la estructura de investigación o
del investigador/a principal del proyecto de investigación, en su caso (Anexo IV).
5.6. Memoria de la actividad de iniciación a la investigación a realizar (Anexo V)
por parte del/a investigador/a responsable de la ayuda. La memoria se presentará en el
formato indicado con una extensión máxima de 2.000 palabras y en la misma se indicarán
las principales tareas a realizar.
5.7. Informe favorable del/la investigador/a responsable de la Estructura de
Investigación o investigador/a principal del proyecto de investigación al que se va a
asociar la ayuda de iniciación a la investigación (Anexo VI).
Ante la falta de cualquiera de los documentos o la no acreditación suficiente de
cualquiera de los requisitos anteriormente señalados, el Vicerrectorado de Investigación
y Transferencia del Conocimiento requerirá a la persona interesada la correspondiente
subsanación en un plazo de cinco días, de acuerdo con el artículo 68 de la Ley 39/2015,
de 1 de octubre, indicándose que si así no lo hiciera, se tendrá por desistida su solicitud,
archivándose la misma, previa resolución dictada a tal efecto de acuerdo con el artículo
21.1 de la citada ley.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00294371
4.2. En el caso de estudiantes de Grado, será necesario haber superado el 75%
de los créditos de la titulación cursada y tener una nota media del expediente en los
créditos superados igual o superior a la señalada a continuación para cada Rama de
Conocimiento, en una escala de 10 puntos:
• 6,50 puntos para la Rama de Ingeniería.
• 6,75 puntos para la Rama de Ciencias.
• 7,00 puntos para la Ramas de Ciencias de la Salud.
• 7,25 puntos para la Rama de Ciencias Sociales y Jurídicas.
• 7,50 puntos para la Rama de Humanidades.
4.3. En el caso de estudiantes de Máster, puede acceder a esta ayuda el alumnado
matriculado en másteres oficiales de la Universidad de Jaén a día de finalización del plazo
de presentación de solicitudes de esta convocatoria. En este caso, se ha de acreditar
una nota media en el expediente académico de los estudios previos de Grado que dan
acceso al máster igual o superior a la señalada en el apartado 4.2 en función de la Rama
de Conocimiento.
4.4. Todos los requisitos anteriores deberán cumplirse a fecha de finalización del
plazo de presentación de solicitudes de la presente convocatoria.