Disposiciones generales. . (2023/241-3)
Resolución de 14 de diciembre de 2023, de la Dirección General de Planificación de la Investigación, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones en concurrencia competitiva, correspondiente al año 2023, destinada a financiar la Línea 3 de subvenciones a la captación de talento investigador con trayectoria destacada para la ejecución de acciones de investigación en los Agentes del Sistema Andaluz del Conocimiento: Programa Emergia.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 241 - Martes, 19 de diciembre de 2023
página 19048/7
7. En la ejecución de estas subvenciones no está permitida la subcontratación,
entendida esta en los términos de lo previsto en el artículo 29.1 de la Ley 38/2003, de 17
de noviembre.
Séptimo. Créditos presupuestarios y financiación.
1. En la concesión de estas subvenciones se podrán adquirir compromisos de gasto
de carácter plurianual, financiándose con los créditos asignados específicamente en el
presupuesto de gastos de la Consejería Universidad, Investigación e Innovación, dentro
del programa presupuestario 54A «Investigación científica e innovación», con cargo a las
partidas presupuestarias y por las cuantías totales máximas para cada anualidad que se
indican a continuación:
Partida presupuestaria
1500010000 G/54A/70200/00 01 2021000116
1500010000 G/54A/74101/00 01 2021000115
1500010000 G/54A/74201/00 01 2021000115
1500010000 G/54A/78203/00 01 2021000114
1500010000 G/54A/40200/00 01
1500010000 G/54A/44101/00 01
1500010000 G/54A/44201/00 01
1500010000 G/54A/48203/00 01
Total
2024
55.539,75 €
249.928,88 €
27.769,87 €
37.026,50 €
712.500,00 €
3.420.000,00 €
380.000,00 €
237.500,00 €
5.120.265,00 €
2028
55.539,75 €
249.928,88 €
27.769,87 €
37.026,50 €
712.500,00 €
3.420.000,00 €
380.000,00 €
237.500,00 €
5.120.265,00 €
TOTAL
111.079,50 €
499.857,76 €
55.539,74 €
74.053,00 €
1.425.000,00 €
6.840.000,00 €
760.000,00 €
475.000,00 €
10.240.530,00 €
2. De conformidad con lo establecido en el artículo 9.3 de las bases reguladoras, el
ámbito funcional de competitividad para la presente convocatoria se establece en base a
las áreas científico-técnicas que se detallan a continuación, distribuyendo el crédito entre
las mismas del siguiente modo:
Total
Número de ayudas
5
5
6
6
4
5
3
4
4
42
Importe máximo total
1.214.200
1.360.450
1.727.040
1.412.040
851.360
1.214.200
638520
911.360
911.360
10.240.530
3. La presente convocatoria regula subvenciones de tramitación anticipada según lo
previsto en el artículo 40 bis del Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública
de la Junta de Andalucía, aprobado por Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo, por
cuanto que el expediente de gasto se inicia en el año anterior al ejercicio presupuestario
en el que va a tener lugar la concesión. La cuantía total máxima de crédito que figura en
el apartado anterior tiene carácter estimado, por lo que la concesión de las subvenciones
que se proyectan queda condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente
en el ejercicio siguiente en la Ley del Presupuesto que ha de aprobar el Parlamento,
en el momento de dictarse la resolución de concesión. En los supuestos en los que el
crédito presupuestario que resulte aprobado en la Ley del Presupuesto fuera superior
a la cuantía inicialmente estimada, el órgano gestor podrá decidir la aplicación o no a la
convocatoria de la cantidad que exceda a la inicialmente estimada, previa tramitación
del correspondiente expediente complementario de gasto antes de la resolución, sin
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00294197
Área científico-técnica
Agroindustrial y Alimentación (AGR)
Biología y Biotecnología (BIO)
Ciencias de la Salud (CTS)
Ciencias Exactas y Experimentales (FQM)
Humanidades y Creación Artística (HUM)
Recursos Naturales, Energía y Medio Ambiente (RNM)
Ciencias Sociales, Económicas y Jurídicas (SEJ)
Tecnologías de la Producción y la Construcción (TEP)
Tecnologías de la Información y la Comunicación (TIC)
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 241 - Martes, 19 de diciembre de 2023
página 19048/7
7. En la ejecución de estas subvenciones no está permitida la subcontratación,
entendida esta en los términos de lo previsto en el artículo 29.1 de la Ley 38/2003, de 17
de noviembre.
Séptimo. Créditos presupuestarios y financiación.
1. En la concesión de estas subvenciones se podrán adquirir compromisos de gasto
de carácter plurianual, financiándose con los créditos asignados específicamente en el
presupuesto de gastos de la Consejería Universidad, Investigación e Innovación, dentro
del programa presupuestario 54A «Investigación científica e innovación», con cargo a las
partidas presupuestarias y por las cuantías totales máximas para cada anualidad que se
indican a continuación:
Partida presupuestaria
1500010000 G/54A/70200/00 01 2021000116
1500010000 G/54A/74101/00 01 2021000115
1500010000 G/54A/74201/00 01 2021000115
1500010000 G/54A/78203/00 01 2021000114
1500010000 G/54A/40200/00 01
1500010000 G/54A/44101/00 01
1500010000 G/54A/44201/00 01
1500010000 G/54A/48203/00 01
Total
2024
55.539,75 €
249.928,88 €
27.769,87 €
37.026,50 €
712.500,00 €
3.420.000,00 €
380.000,00 €
237.500,00 €
5.120.265,00 €
2028
55.539,75 €
249.928,88 €
27.769,87 €
37.026,50 €
712.500,00 €
3.420.000,00 €
380.000,00 €
237.500,00 €
5.120.265,00 €
TOTAL
111.079,50 €
499.857,76 €
55.539,74 €
74.053,00 €
1.425.000,00 €
6.840.000,00 €
760.000,00 €
475.000,00 €
10.240.530,00 €
2. De conformidad con lo establecido en el artículo 9.3 de las bases reguladoras, el
ámbito funcional de competitividad para la presente convocatoria se establece en base a
las áreas científico-técnicas que se detallan a continuación, distribuyendo el crédito entre
las mismas del siguiente modo:
Total
Número de ayudas
5
5
6
6
4
5
3
4
4
42
Importe máximo total
1.214.200
1.360.450
1.727.040
1.412.040
851.360
1.214.200
638520
911.360
911.360
10.240.530
3. La presente convocatoria regula subvenciones de tramitación anticipada según lo
previsto en el artículo 40 bis del Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública
de la Junta de Andalucía, aprobado por Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo, por
cuanto que el expediente de gasto se inicia en el año anterior al ejercicio presupuestario
en el que va a tener lugar la concesión. La cuantía total máxima de crédito que figura en
el apartado anterior tiene carácter estimado, por lo que la concesión de las subvenciones
que se proyectan queda condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente
en el ejercicio siguiente en la Ley del Presupuesto que ha de aprobar el Parlamento,
en el momento de dictarse la resolución de concesión. En los supuestos en los que el
crédito presupuestario que resulte aprobado en la Ley del Presupuesto fuera superior
a la cuantía inicialmente estimada, el órgano gestor podrá decidir la aplicación o no a la
convocatoria de la cantidad que exceda a la inicialmente estimada, previa tramitación
del correspondiente expediente complementario de gasto antes de la resolución, sin
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00294197
Área científico-técnica
Agroindustrial y Alimentación (AGR)
Biología y Biotecnología (BIO)
Ciencias de la Salud (CTS)
Ciencias Exactas y Experimentales (FQM)
Humanidades y Creación Artística (HUM)
Recursos Naturales, Energía y Medio Ambiente (RNM)
Ciencias Sociales, Económicas y Jurídicas (SEJ)
Tecnologías de la Producción y la Construcción (TEP)
Tecnologías de la Información y la Comunicación (TIC)