Disposiciones generales. . (2023/241-3)
Resolución de 14 de diciembre de 2023, de la Dirección General de Planificación de la Investigación, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones en concurrencia competitiva, correspondiente al año 2023, destinada a financiar la Línea 3 de subvenciones a la captación de talento investigador con trayectoria destacada para la ejecución de acciones de investigación en los Agentes del Sistema Andaluz del Conocimiento: Programa Emergia.
37 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 241 - Martes, 19 de diciembre de 2023
página 19048/10
Undécimo. Contenido de las solicitudes y documentación.
1. Solicitudes de las entidades. El formulario de solicitud a cumplimentar por las
entidades (Anexo I) consta de los siguientes apartados:
a) Datos identificativos de la entidad solicitante y de la persona representante de la misma.
b) Las correspondientes declaraciones responsables, autorizaciones y consentimientos
incluidos en el formulario de solicitud.
c) Apartado donde se indicará el número máximo de subvenciones que la entidad
solicita con cargo a esta convocatoria y su distribución por áreas científico-técnicas y
un correo electrónico de contacto para la fase de presentación de acuerdos entre las
entidades solicitantes y el personal seleccionado.
2. Solicitudes de las personas candidatas. El formulario de solicitud a cumplimentar
por las personas candidatas (Anexo III) consta de los siguientes apartados:
a) Datos identificativos y de contacto de la persona candidata.
b) Declaraciones responsables, consentimientos y autorizaciones, conforme a lo
indicado en el formulario de solicitud.
c) Datos específicos referentes a la obtención del título de doctor y al área científicotécnica por la que participa.
d) Presupuesto de la propuesta de investigación, conforme al importe máximo
establecido por área científico-técnica y con indicación de los importes correspondientes
a cada uno de los conceptos subvencionables.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00294197
3. Para cumplimentar la solicitud las entidades y las personas candidatas procederán
del siguiente modo:
1.º Para poder acceder a la cumplimentación y presentación de la correspondiente
solicitud las personas representantes legales de las entidades solicitantes y las personas
candidatas deberán darse de alta como interesado en la Oficina Virtual pudiendo usar
los métodos de acceso, una vez dadas de alta, mediante certificado digital o clave para
acceder a la misma, en la siguiente dirección electrónica de la Oficina Virtual:
https://ws287.juntadeandalucia.es/oficinavirtual/#/
o bien, a través de la siguiente dirección electrónica, que redirige a la citada Oficina Virtual:
https://juntadeandalucia.es/servicios/sede/tramites/procedimientos/detalle/25483.html
Una vez cumplimentado el formulario electrónico de solicitud, disponible en las
direcciones de internet anteriormente indicadas y cuyo contenido se describe en el
apartado undécimo de esta convocatoria se realizará la presentación efectiva de la
solicitud mediante un sistema de firma electrónica avanzada.
2.º Alternativamente, aquellas personas candidatas interesadas en participar en esta
convocatoria, que por ser extranjeros o españoles que se encuentren en el extranjero,
y no dispongan de certificación electrónica ni tengan posibilidad de obtenerla, deberán
darse de alta como interesadas definiendo usuario y contraseña, pudiendo acceder a la
oficina virtual con estas credenciales.
Tras cumplimentar el correspondiente formulario electrónico, podrán elegir la opción
«Firmar con SMS», para lo que se le enviará un SMS al móvil que se haya indicado en
la solicitud con un código que deberá introducir y posteriormente proceder a firmar el
correspondiente formulario y envío de la solicitud.
En estos casos, el envío no implica la presentación efectiva de la solicitud, debiéndose
imprimir los documentos que genere automáticamente la aplicación telemática donde
consignará la firma original y se presentarán para su registro en cualquiera de los lugares
señalados en el 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre. Los servicios de correos
en el extranjero, públicos o privados, no son registros válidos, de conformidad con el
artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre. En el caso de que se presente la solicitud
ante uno de estos servicios, la fecha de registro de la misma será cuando sea recibida en
un registro válido, de conformidad con el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
No se aceptarán las solicitudes que presenten un registro que no sea de entrada.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 241 - Martes, 19 de diciembre de 2023
página 19048/10
Undécimo. Contenido de las solicitudes y documentación.
1. Solicitudes de las entidades. El formulario de solicitud a cumplimentar por las
entidades (Anexo I) consta de los siguientes apartados:
a) Datos identificativos de la entidad solicitante y de la persona representante de la misma.
b) Las correspondientes declaraciones responsables, autorizaciones y consentimientos
incluidos en el formulario de solicitud.
c) Apartado donde se indicará el número máximo de subvenciones que la entidad
solicita con cargo a esta convocatoria y su distribución por áreas científico-técnicas y
un correo electrónico de contacto para la fase de presentación de acuerdos entre las
entidades solicitantes y el personal seleccionado.
2. Solicitudes de las personas candidatas. El formulario de solicitud a cumplimentar
por las personas candidatas (Anexo III) consta de los siguientes apartados:
a) Datos identificativos y de contacto de la persona candidata.
b) Declaraciones responsables, consentimientos y autorizaciones, conforme a lo
indicado en el formulario de solicitud.
c) Datos específicos referentes a la obtención del título de doctor y al área científicotécnica por la que participa.
d) Presupuesto de la propuesta de investigación, conforme al importe máximo
establecido por área científico-técnica y con indicación de los importes correspondientes
a cada uno de los conceptos subvencionables.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00294197
3. Para cumplimentar la solicitud las entidades y las personas candidatas procederán
del siguiente modo:
1.º Para poder acceder a la cumplimentación y presentación de la correspondiente
solicitud las personas representantes legales de las entidades solicitantes y las personas
candidatas deberán darse de alta como interesado en la Oficina Virtual pudiendo usar
los métodos de acceso, una vez dadas de alta, mediante certificado digital o clave para
acceder a la misma, en la siguiente dirección electrónica de la Oficina Virtual:
https://ws287.juntadeandalucia.es/oficinavirtual/#/
o bien, a través de la siguiente dirección electrónica, que redirige a la citada Oficina Virtual:
https://juntadeandalucia.es/servicios/sede/tramites/procedimientos/detalle/25483.html
Una vez cumplimentado el formulario electrónico de solicitud, disponible en las
direcciones de internet anteriormente indicadas y cuyo contenido se describe en el
apartado undécimo de esta convocatoria se realizará la presentación efectiva de la
solicitud mediante un sistema de firma electrónica avanzada.
2.º Alternativamente, aquellas personas candidatas interesadas en participar en esta
convocatoria, que por ser extranjeros o españoles que se encuentren en el extranjero,
y no dispongan de certificación electrónica ni tengan posibilidad de obtenerla, deberán
darse de alta como interesadas definiendo usuario y contraseña, pudiendo acceder a la
oficina virtual con estas credenciales.
Tras cumplimentar el correspondiente formulario electrónico, podrán elegir la opción
«Firmar con SMS», para lo que se le enviará un SMS al móvil que se haya indicado en
la solicitud con un código que deberá introducir y posteriormente proceder a firmar el
correspondiente formulario y envío de la solicitud.
En estos casos, el envío no implica la presentación efectiva de la solicitud, debiéndose
imprimir los documentos que genere automáticamente la aplicación telemática donde
consignará la firma original y se presentarán para su registro en cualquiera de los lugares
señalados en el 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre. Los servicios de correos
en el extranjero, públicos o privados, no son registros válidos, de conformidad con el
artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre. En el caso de que se presente la solicitud
ante uno de estos servicios, la fecha de registro de la misma será cuando sea recibida en
un registro válido, de conformidad con el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
No se aceptarán las solicitudes que presenten un registro que no sea de entrada.