Autoridades y personal. . (2023/240-24)
Resolución de 13 de diciembre de 2023, de la Universidad de Granada, por la que se convoca concurso público para la adjudicación de contratos de Profesores Asociados de Ciencias de la Salud para el curso 2023/2024 en el Campus de Granada.
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Número 240 - Lunes, 18 de diciembre de 2023
página 18947/6
• El Vicerrector competente en materia de profesorado, o persona en quien delegue,
que la presidirá.
• El Decano o Director del Centro donde principalmente vaya a impartir docencia el
contratado o la contratada, o persona en quien delegue.
• El Director del Departamento al que se adscriba la plaza, o persona en quien
delegue.
• Tres profesoras o profesores doctores del ámbito del conocimiento con vinculación
permanente a la Universidad de Granada, a propuesta del Departamento, y sus
respectivos suplentes, procurando una composición equilibrada entre mujeres y hombres.
• Un profesor o profesora doctor con vinculación permanente a la Universidad de
Granada a propuesta de la representación de las trabajadoras y los trabajadores, y su
suplente.
La composición de cada Comisión será publicada en la página web del Servicio de
Personal Docente e Investigador de esta Universidad (http://serviciopdi.ugr.es)
5.2. La Comisión de Evaluación, una vez constituida, examinará el cumplimiento de
los requisitos exigidos en las presentes bases.
5.3. La Comisión valorará a los/as aspirantes de acuerdo con los Criterios generales
de valoración de méritos para la contratación de Profesores Asociados de Ciencias de
la Salud en la Universidad de Granada, aprobados en la sesión ordinaria del Consejo de
Gobierno de 18 de diciembre de 2018. La Comisión de Evaluación, una vez constituida y
antes de acceder a los expedientes de los concursantes, hará público en la página web
del Servicio de Personal Docente e Investigador de la Universidad de Granada el grado
de afinidad de cada uno de los méritos con el área de conocimiento de la plaza.
La Comisión de Evaluación será competente para resolver las dudas que puedan
surgir en relación con la aplicación e interpretación del baremo, contando con el
asesoramiento técnico de los órganos de la Universidad de Granada competentes.
La Comisión podrá solicitar a los/as concursantes la aportación de documentación
complementaria a la ya presentada.
5.4. La Comisión resolverá el concurso y hará la correspondiente propuesta de
contratación a favor del concursante o de los concursantes (según sea una o más las
plazas convocadas) mejor valorados. En todo caso, hará públicos en la página web del
Servicio de Personal Docente e Investigador de la Universidad el resultado del mismo,
especificando las puntuaciones parciales obtenidas en cada uno de los apartados
considerados en el baremo. La propuesta será elevada al Rectorado de la Universidad
de Granada.
5.5. Todos los concursos podrán resolverse con la no adjudicación de la plaza,
cuando a juicio de la Comisión de Evaluación los curriculum de los/as aspirantes no se
ajusten al perfil o actividad docente o asistencial de la plaza.
5.6. La comunicación del resultado del concurso a los/as aspirantes, seleccionados
o no, se entenderá practicada mediante la publicación de la propuesta efectuada por la
Comisión de Evaluación en la página web del Servicio de Personal de la Universidad de
Granada. A tal fin los/as aspirantes deberán actuar con la diligencia razonable para estar
al corriente del desarrollo del concurso y de la publicación en la citada página web del
resultado del mismo, cuya fecha de publicación se hará constar en el mismo anuncio.
5.7. La lista de valoración de los concursantes efectuada por la Comisión de
Evaluación podrá ser usada por riguroso orden de puntuación para el caso de que fuese
necesario realizar una contratación para sustituir a un Profesor Asociado de Ciencias
de la Salud, siempre que el perfil de la plaza se ajuste a las necesidades docentes
sobrevenidas. Dichas listas estarán activas durante el curso académico en el que se
convocan las plazas, y durante el siguiente curso académico completo, hasta el 30 de
septiembre.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00294067
BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
página 18947/6
• El Vicerrector competente en materia de profesorado, o persona en quien delegue,
que la presidirá.
• El Decano o Director del Centro donde principalmente vaya a impartir docencia el
contratado o la contratada, o persona en quien delegue.
• El Director del Departamento al que se adscriba la plaza, o persona en quien
delegue.
• Tres profesoras o profesores doctores del ámbito del conocimiento con vinculación
permanente a la Universidad de Granada, a propuesta del Departamento, y sus
respectivos suplentes, procurando una composición equilibrada entre mujeres y hombres.
• Un profesor o profesora doctor con vinculación permanente a la Universidad de
Granada a propuesta de la representación de las trabajadoras y los trabajadores, y su
suplente.
La composición de cada Comisión será publicada en la página web del Servicio de
Personal Docente e Investigador de esta Universidad (http://serviciopdi.ugr.es)
5.2. La Comisión de Evaluación, una vez constituida, examinará el cumplimiento de
los requisitos exigidos en las presentes bases.
5.3. La Comisión valorará a los/as aspirantes de acuerdo con los Criterios generales
de valoración de méritos para la contratación de Profesores Asociados de Ciencias de
la Salud en la Universidad de Granada, aprobados en la sesión ordinaria del Consejo de
Gobierno de 18 de diciembre de 2018. La Comisión de Evaluación, una vez constituida y
antes de acceder a los expedientes de los concursantes, hará público en la página web
del Servicio de Personal Docente e Investigador de la Universidad de Granada el grado
de afinidad de cada uno de los méritos con el área de conocimiento de la plaza.
La Comisión de Evaluación será competente para resolver las dudas que puedan
surgir en relación con la aplicación e interpretación del baremo, contando con el
asesoramiento técnico de los órganos de la Universidad de Granada competentes.
La Comisión podrá solicitar a los/as concursantes la aportación de documentación
complementaria a la ya presentada.
5.4. La Comisión resolverá el concurso y hará la correspondiente propuesta de
contratación a favor del concursante o de los concursantes (según sea una o más las
plazas convocadas) mejor valorados. En todo caso, hará públicos en la página web del
Servicio de Personal Docente e Investigador de la Universidad el resultado del mismo,
especificando las puntuaciones parciales obtenidas en cada uno de los apartados
considerados en el baremo. La propuesta será elevada al Rectorado de la Universidad
de Granada.
5.5. Todos los concursos podrán resolverse con la no adjudicación de la plaza,
cuando a juicio de la Comisión de Evaluación los curriculum de los/as aspirantes no se
ajusten al perfil o actividad docente o asistencial de la plaza.
5.6. La comunicación del resultado del concurso a los/as aspirantes, seleccionados
o no, se entenderá practicada mediante la publicación de la propuesta efectuada por la
Comisión de Evaluación en la página web del Servicio de Personal de la Universidad de
Granada. A tal fin los/as aspirantes deberán actuar con la diligencia razonable para estar
al corriente del desarrollo del concurso y de la publicación en la citada página web del
resultado del mismo, cuya fecha de publicación se hará constar en el mismo anuncio.
5.7. La lista de valoración de los concursantes efectuada por la Comisión de
Evaluación podrá ser usada por riguroso orden de puntuación para el caso de que fuese
necesario realizar una contratación para sustituir a un Profesor Asociado de Ciencias
de la Salud, siempre que el perfil de la plaza se ajuste a las necesidades docentes
sobrevenidas. Dichas listas estarán activas durante el curso académico en el que se
convocan las plazas, y durante el siguiente curso académico completo, hasta el 30 de
septiembre.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00294067
BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía