Autoridades y personal. . (2023/240-24)
Resolución de 13 de diciembre de 2023, de la Universidad de Granada, por la que se convoca concurso público para la adjudicación de contratos de Profesores Asociados de Ciencias de la Salud para el curso 2023/2024 en el Campus de Granada.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 240 - Lunes, 18 de diciembre de 2023

página 18947/5

acreditación de méritos del curriculum vitae en los concursos de Profesor Asociado de
Ciencias de la Salud de la Universidad de Granada.
3.5. Será motivo de exclusión, además de no poseer o no acreditar de forma suficiente
la posesión de los requisitos exigidos para cada una de las plazas convocadas, el estar
el/la interesado/a ocupando una plaza de igual categoría, área de conocimiento, perfil,
dedicación y campus.
3.6. Igualmente, será causa de exclusión el hecho de que no se pueda acceder al
enlace a la documentación acreditativa de los méritos que se haya copiado en el campo
«Observaciones» de la solicitud electrónica, o bien, que este enlace carezca de contenido.

5. Resolución del concurso.
5.1. Las Comisiones encargadas de resolver estos concursos estarán constituidas, de
acuerdo con lo previsto en el artículo 126 de los Estatutos de la Universidad de Granada,
por los siguientes miembros:
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00294067

4. Lista de admitidos.
4.1. Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, el Rectorado de la Universidad
de Granada dictará resolución por la que se apruebe la lista provisional de admitidos y
excluidos, con indicación de las causas de exclusión.
La citada resolución será publicada en la página web del Servicio de Personal
Docente e Investigador, sirviendo de notificación a los interesados. A partir de dicha
fecha de publicación se contarán los plazos (http://serviciopdi.ugr.es).
4.2. Contra la anterior resolución, los/as interesados/as dispondrán de un plazo de 10
días hábiles, contados a partir del día siguiente al de su publicación, para poder subsanar
los motivos de exclusión.
Los/as solicitantes deberán presentar esta reclamación a través de la sede
electrónica, utilizando el procedimiento «Concursos a plazas docentes: Reclamación a
la relación provisional de admitidos/as y excluidos/as» disponible en dicha sede. Los/as
concursantes que estuvieran excluidos aportarán en formato pdf los documentos que
consideren para subsanar el motivo de exclusión.
Los/as solicitantes excluidos por la causa 14 (Por no poder acceder al enlace a la
documentación acreditativa de los méritos o carecer éste de contenido), deberán aportar
la documentación acreditativa de los méritos siguiendo las instrucciones dadas en el
punto 3.3. El enlace generado se copiará y se pegará en el campo «Observaciones»
del formulario de reclamación y se deberá autorizar el acceso a vicepdi@go.ugr.es y a
serviciopdi@go.ugr.es
Cuando algún/a interesado/a, habiendo presentado la solicitud dentro de plazo, no
acompañe los documentos acreditativos de los méritos alegados especificados en el
punto 3.3, dispondrá de ese mismo plazo (diez días hábiles desde la publicación de la lista
provisional de admitidos/as y excluidos/as) para la presentación de dichos documentos
acreditativos. La presentación de estos documentos deberá hacerse utilizando un
servicio de alojamiento de ficheros (Google Drive, Dropbox, etc) y cuyo acceso debe estar
autorizado a vicepdi@go.ugr.es. El enlace generado se copiará y pegará en el campo
«Observaciones» del formulario de reclamación.
Los/as aspirantes deberán crear una carpeta debidamente nombrada con el nombre
de la persona solicitante y el código de la plaza con el formato APELLIDOS_NOMBRE_
SUBSANAR_CODIGO_PLAZA, en la cual incluirán los justificantes de los méritos que
deseen aportar, en formato pdf, siguiendo las instrucciones establecidas en el punto 3.3.
La resolución que apruebe definitivamente las listas de admitidos pondrá fin a la vía
administrativa y, en consecuencia, quienes estén legitimados para ello podrán formular
recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, contados a partir del día
siguiente al de la publicación de la citada resolución, o potestativamente recurso de
reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano que la dicte.