Autoridades y personal. . (2023/240-24)
Resolución de 13 de diciembre de 2023, de la Universidad de Granada, por la que se convoca concurso público para la adjudicación de contratos de Profesores Asociados de Ciencias de la Salud para el curso 2023/2024 en el Campus de Granada.
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Número 240 - Lunes, 18 de diciembre de 2023

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3.3. Documentación acreditativa de los méritos:
Los/as aspirantes deberán aportar toda la documentación acreditativa de los méritos
en una carpeta, cuyo nombre estará formado por el nombre de la persona que solicita
la plaza y el código de dicha plaza, con el formato APELLIDOS_NOMBRE_CODIGO_
PLAZA.
Previamente a la cumplimentación de la solicitud electrónica, el/la concursante alojará
esta carpeta en un lugar accesible mediante un servicio de alojamiento de ficheros
(Google Drive, Dropbox, etc.) y cuyo acceso debe estar autorizado a vicepdi@go.ugr.
es y serviciopdi@go.ugr.es. El enlace generado se copiará y se pegará en el campo
«Observaciones» de la solicitud electrónica.
Debe garantizarse que la documentación permanezca en el servicio de alojamiento
utilizado durante un plazo mínimo de tres meses y, al menos, hasta que finalice el
procedimiento, tanto en vía administrativa como, si fuera el caso, en vía judicial.
Concretamente, los/as aspirantes deberán aportar en esta carpeta la siguiente
documentación:
1. El modelo de curriculum vitae debidamente cumplimentado en formato word y en
formato pdf.
2. Justificación documental en pdf de cada uno de los méritos alegados en el
curriculum vitae, que deberán ser justificados de acuerdo con las Instrucciones para la
acreditación de méritos del curriculum vitae en los concursos de profesorado contratado
no permanente de la Universidad de Granada; la no acreditación de un mérito conforme a
dichas instrucciones supondrá la no baremación del mérito.
Para aportar estos documentos la persona candidata se descargará desde la
convocatoria un fichero .zip llamado ESTRUCTURA_CARPETAS_CV que, una vez
descomprimido, contiene una estructura de carpetas que debe usarse para almacenar
los ficheros acreditativos de los méritos. Esta estructura refleja la estructura del
documento curriculum vitae, de tal forma que se ha de almacenar cada mérito en la
carpeta correspondiente. En ningún caso podrá modificarse la estructura de las carpetas,
cambiar sus nombres, ni crear o suprimir carpetas.
Cada mérito debe acreditarse con un único .pdf (si se estima que deben presentarse
varios documentos para acreditar un solo mérito, deberán fusionarse y presentarse en un
único fichero .pdf)
El nombre de cada fichero .pdf acreditativo de cada mérito debe comenzar por el
epígrafe al que pertenece en el modelo de CV. Si dentro de un epígrafe hubiese más de
un mérito, los documentos acreditativos deberán nombrarse de manera que aparezcan
en la carpeta de forma consecutiva, estrictamente en el mismo orden en que aparecen
en el documento cumplimentado del modelo de CV. Por ejemplo, para las publicaciones
científicas del bloque C.1., los distintos documentos acreditativos de cada publicación
se irán nombrando C.1.001.,…, C.1.012., …, C.1.023., etc. (los 00 son importantes para
que los ficheros, al listarlos, salgan en el orden adecuado). Del mismo modo, las becas
y contratos posdoctorales obtenidos se irán nombrando como C.2.001., C.2.002., …
C.2.010., etc.
Cualquier modificación de la documentación aportada que el concursante realice con
posterioridad a la fecha y hora que conste en el resguardo del registro de la solicitud
electrónica o, en su caso, de la subsanación, invalidará el enlace generado, determinando
la exclusión automática del/la concursante.
Todos los documentos que no estén redactados en lengua castellana deberán
acompañarse necesariamente de la correspondiente traducción oficial si así es requerido
por la Comisión de Evaluación.
Todos los requisitos, méritos y circunstancias alegados por los concursantes deberán
poseerse a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
3.4. La Comisión de Evaluación no valorará aquellos méritos que siendo alegados
en la solicitud no estén debidamente justificados conforme a las Instrucciones para la
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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00294067

BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía