3. Otras disposiciones. . (2023/239-41)
Resolución de 11 de diciembre de 2023, de la Cámara de Cuentas de Andalucía, por la que se ordena la publicación del Informe de fiscalización operativa, con enfoque evaluador, de la Renta Mínima de Inserción Social en Andalucía: especial referencia a su impacto social.
105 páginas totales
Página
BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 239 - Viernes, 15 de diciembre de 2023

página 18854/29

género12, así como familias con menores y personas con discapacidad. Entre estas medidas se
encuentra la aplicación de un incremento del 10% más del IPREM para la determinación de la
cuantía de la prestación, pero el procedimiento en tales circunstancias sigue comportando excesiva burocracia.

5.5. Utilidad Social: ¿La RMISA ha contribuido a la mejora de las posibilidades de inclusión social y laboral de las personas beneficiarias en situación de
pobreza o exclusión?
¿Se prevén medidas que permitan la inserción social y laboral de los beneficiarios de la
prestación?
100

La Ley 9/2016, de 27 de diciembre, de los Servicios Sociales de Andalucía, en los arts. 42.1 y 42.2,
establece que las prestaciones garantizadas (como es el caso de la RMISA), debe incorporar de
forma expresa medidas de inclusión social y laboral en forma de planes sociolaborales. A tenor
de ello, el capítulo III del DL 3/2017 se dedica al plan de inclusión sociolaboral, además de referir
al mismo en numerosas ocasiones a lo largo de todo el articulado.

101

De esta forma, una vez tramitada y resuelta en sentido favorable la solicitud, tendrá como efecto
el acceso a un plan de inclusión sociolaboral vinculado a dicha prestación económica, y al que
previamente la o las personas miembros de la unidad familiar se hayan comprometido a participar y cumplir.

102

Este plan de inclusión sociolaboral es el conjunto de actuaciones del proyecto de intervención
social unidas a acciones concretas de carácter laboral necesarias para la integración social y laboral de las personas titulares y del resto de componentes de la unidad familiar beneficiaria de
la RMISA. Se establece para su elaboración un plazo de un mes desde la fecha de la resolución
de concesión de la prestación y debe tener un contenido tasado mínimo (§§A.18 y A.19).

¿Se han elaborado los planes de inserción social y laboral en el periodo de referencia?
103

Del trabajo desarrollado se observa que, con carácter general, no se han realizado dichos planes
(anexo 22). Así, prácticamente ninguno de los expedientes dispone de plan de inclusión social y
laboral, incumpliéndose los preceptos citados en el punto 100.
Si el análisis se efectúa diferenciando por componente del plan (social o laboral), el porcentaje
medio del periodo de resoluciones de concesión con planes de inclusión social se sitúa en el
63,67%. Por lo que se refiere a los planes de inclusión laboral, no se están realizando.

12 Determinados preceptos (arts. 3, 7, 24 y 51 del DL 3/2017) contemplan especificidades ante tal circunstancia, estableciendo, sobre
todo, excepciones a requisitos impuestos de forma general, como por ejemplo la edad, la residencia y ser demandante de empleo.
También se estipula su preferencia para la tramitación de las solicitudes, al ser consideradas de urgencia social.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00293968

¿Los planes de inserción cumplen con el contenido mínimo previsto normativamente? ¿El
tiempo que media entre las resoluciones de concesión y la elaboración de los planes de
inserción es razonable para permitir la efectividad de los mismos?