3. Otras disposiciones. . (2023/239-40)
Resolución de 11 de diciembre de 2023, de la Cámara de Cuentas de Andalucía, por la que se ordena la publicación del Informe de fiscalización de determinadas áreas del Ayuntamiento de Vejer de la Frontera (Cádiz). Ejercicio 2021.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 239 - Viernes, 15 de diciembre de 2023

página 18853/25

Formalización
81.

En el expediente 51-2020 no se cumple con el plazo máximo de 15 días hábiles desde la notificación de adjudicación para efectuar la formalización del contrato. Este hecho supone el incumplimiento de lo previsto en el artículo 153.3 de la LCSP.35
Ejecución

82.

En el expediente 06-2021 no se ha incorporado documentación que evidencie que el plazo de
inicio de la ejecución del contrato no ha excedido de un mes desde la formalización. Esta es una
de las previsiones legales aplicables a la tramitación urgente del expediente, conforme establece
el artículo 119.2.c) de la LCSP.

83.

Respecto al expediente 43-2020, las obras finalizan con un retraso de siete meses respecto al
plazo establecido en la cláusula 7 del PCAP. A este respecto, se debe indicar que en la adjudicación del contrato se valoró el compromiso del contratista en reducir en tres semanas el plazo de
seis meses previsto para la ejecución. No consta en el expediente aprobación de prórroga.

84.

36

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85.

En los expedientes 33-2021 y 54-2021 se producen incumplimientos en la publicación en el perfil
del contratante conforme al artículo 63 de la LCSP.
En relación con el expediente 33-2021 no se han publicado los recursos de reposición presentados por un licitador excluido por la mesa de contratación (artículo 63.3 e)) y respecto al expediente 54-2021 no se ha publicado el informe de insuficiencia de medios (artículo 63.3 a)).37

86.

En el expediente 51-2020, sujeto a regularización armonizada, no se ha publicado el anuncio de
formalización del contrato en el Diario Oficial de la Unión Europea, conforme al art. 154.1 de la
LCSP.
Contratación Menor

87.

Los expedientes 30-2021, 13-2021 y 47-2021 se refieren a suministros o servicios repetitivos y
continuados en el tiempo de forma que se corresponden con necesidades permanentes del
Ayuntamiento. Estos expedientes debieron ser tramitados conforme al procedimiento de licitación que legalmente les hubiera correspondido en aplicación de la LCSP. La tramitación como
contratación menor podría poner de manifiesto un fraccionamiento del objeto del contrato con
la finalidad de disminuir la cuantía de este y eludir así los requisitos de publicidad o los relativos
al procedimiento de adjudicación (artículo 99.2 de la LCSP).

Punto modificado por la alegación presentada.
Punto eliminado por la alegación presentada.
37 Punto modificado por la alegación presentada.
35

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

00293971

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