3. Otras disposiciones. . (2023/239-40)
Resolución de 11 de diciembre de 2023, de la Cámara de Cuentas de Andalucía, por la que se ordena la publicación del Informe de fiscalización de determinadas áreas del Ayuntamiento de Vejer de la Frontera (Cádiz). Ejercicio 2021.
68 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 239 - Viernes, 15 de diciembre de 2023

página 18853/23

72.

El convenio colectivo del personal laboral del Ayuntamiento no regula de forma expresa las condiciones retributivas que les serán de aplicación a los trabajadores que sean contratados con
cargo a subvenciones, pero en su artículo 24 establece: “El personal contratado en virtud de Convenios con otras Administraciones Públicas, en los que se establezcan las cuantías salariales a
percibir por los mismos, recibirán las retribuciones íntegras fijadas en todos los conceptos establecidos en los citados acuerdos, incluida la antigüedad”.

73.

En la medida que estos empleados realicen funciones de contenido similar al de otros empleados
municipales, su valor debería ser también similar al establecido para ellos, pues su exclusión podría considerarse contraria al principio de igualdad, así como a lo establecido en el artículo 17
del ET y a la cláusula 4ª de la Directiva 99/70/CE, de 28 de junio de 1999, en la que se establece
el principio de igualdad de trato entre trabajadores fijos y temporales26.
En relación con la determinación de las retribuciones a abonar a estos empleados, cuando el
Ayuntamiento dispone de convenio colectivo propio, como es el caso del Ayuntamiento de Vejer,
reiteradas sentencias del TS han señalado en que el Ayuntamiento debió recurrir a alguna de las
modalidades contractuales establecidas en el ET27.

5.2.4. Incumplimientos relacionados con la Contratación Pública
Organización
74.

La entidad ha remitido la relación de contratos formalizados en el ejercicio 2021 a la plataforma
de rendición con fecha 28 de abril de 2022. Se incumple el plazo límite de 1 de marzo del ejercicio
siguiente establecido en el artículo 335 de la LCSP y en la Resolución 3 de julio de 2018, de la
Presidencia del Tribunal de Cuentas28.
Preparación del expediente

75.

29

Motivación
El expediente 06-2021 se tramita por el procedimiento de urgencia, conforme a la providencia
de alcaldía firmada con fecha 15 de febrero de 2021. No queda suficientemente motivada la

26 Acuerdo marco de la CES (Confederación Europea de Sindicatos), la UNICE (Unión de Confederaciones de la Industria y de los
Empleadores de Europa) y el CEEP (Centro Europeo con Participación Pública y de Interés Económico General).
27Entre otras, Sentencia TS 758/2019 de 7 Noviembre de 2019, Rec. 1914/2017el Ayuntamiento empleador, aunque contratase en el
marco de una normativa (…) que tenía por objeto promover el empleo joven, tuvo que recurrir a alguna de las modalidades contractuales establecidas en el ET y a esta norma hubo de atenerse para establecer los derechos y obligaciones de la relación laboral. (...).”
28 Resolución de 3 de julio de 2018, de la Presidencia del Tribunal de Cuentas, por la que se publica el Acuerdo del Pleno de 28 de
junio de 2018, por el que se aprueba la instrucción relativa a la remisión telemática al Tribunal de Cuentas de los extractos de los
expedientes de contratación y de las relaciones anuales de los contratos celebrados por las entidades y entes del Sector Público Local
al amparo de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público.
29Punto eliminado por la alegación presentada.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00293971

76.