3. Otras disposiciones. . (2023/239-40)
Resolución de 11 de diciembre de 2023, de la Cámara de Cuentas de Andalucía, por la que se ordena la publicación del Informe de fiscalización de determinadas áreas del Ayuntamiento de Vejer de la Frontera (Cádiz). Ejercicio 2021.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 239 - Viernes, 15 de diciembre de 2023
página 18853/16
-
No se encuentra disponible información de relevancia jurídica, tales como directrices, instrucciones, acuerdos, ordenanzas o reglamentos locales aprobados por el Pleno de la Corporación (artículo 13.1 LTPA).
-
No se publica el catálogo actualizado de los procedimientos administrativos de su competencia, con indicación de su objeto, trámites y plazos, así como en su caso, los formularios
que tengan asociados, ni se indica específicamente aquellos procedimientos que admitan,
total o parcialmente, tramitación electrónica (artículo 14.a LTPA).
-
No se publican las cartas de servicios elaboradas con la información sobre los servicios públicos que gestiona la Comunidad Autónoma de Andalucía, los informes sobre el grado de
cumplimiento y calidad de los servicios públicos, así como información disponible que permita su valoración (artículo 14.b LTPA).
-
No se publica una relación de los procedimientos en los que sea posible la participación de
la ciudadanía mientras se encuentren en trámite (artículo 14.c LTPA).
-
No se encuentra actualizada la información económica, financiera y presupuestaria, tales
como los presupuestos, las cuentas anuales, la deuda o el gasto público. (artículo 16 LTPA).
47.
El Presupuesto General de 2021 se remitió al Pleno con fecha 19 de noviembre de 2020, incumpliendo lo dispuesto en el artículo 168.4 del TRLHL, que fija como fecha límite el 15 de octubre
del año anterior al ejercicio en que deba aplicarse.
48.
Se ha incumplido la obligación establecida en el artículo 169 del TRLRHL de presentar los presupuestos para su aprobación por parte del Pleno antes del 31 de diciembre de 2020, lo que implica
la prórroga del último presupuesto aprobado. La entrada en vigor del nuevo presupuesto se produce el 26 de enero de 2021, con su publicación definitiva e íntegra. Esta prórroga no ha sido
sometida a informe previo y preceptivo del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas,
tal como establece el artículo 45.4 del RD Ley 17/2014, de 26 de septiembre.
49.
La Liquidación del Presupuesto correspondiente al ejercicio 2021 fue aprobada por Resolución
de Alcaldía con fecha 22 de septiembre de 2022, incumpliendo el plazo máximo establecido en
la normativa local para su aprobación—entre el 1 y el 31 de marzo del ejercicio siguiente al que
se refiera la liquidación— y remisión de la copia al Ministerio—31 de marzo de 2022—(artículos
191.3 y 193.5 TRLRHL).
50.
A la fecha de finalización de los trabajos de campo la Cuenta General no se encuentra formada
ni aprobada por el Pleno, por lo que el Ayuntamiento incumple lo dispuesto en los artículos 208,
212.2 y 212.4 del TRLHL, que fija como fecha límite el 1 de junio y el 1 de octubre del ejercicio
posterior, respectivamente. Por tanto, tampoco ha sido rendida al Tribunal de Cuentas ni a la
Cámara de Cuentas de Andalucía, incumpliendo el artículo 212.5 del TRLRHL y el artículo 11.1.b)
de la Ley 1/1988, de 17 de marzo, de la Cámara de Cuentas.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00293971
5.2.2. Incumplimientos relacionados con el Presupuesto General, la Liquidación del Presupuesto y la Cuenta General
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 239 - Viernes, 15 de diciembre de 2023
página 18853/16
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No se encuentra disponible información de relevancia jurídica, tales como directrices, instrucciones, acuerdos, ordenanzas o reglamentos locales aprobados por el Pleno de la Corporación (artículo 13.1 LTPA).
-
No se publica el catálogo actualizado de los procedimientos administrativos de su competencia, con indicación de su objeto, trámites y plazos, así como en su caso, los formularios
que tengan asociados, ni se indica específicamente aquellos procedimientos que admitan,
total o parcialmente, tramitación electrónica (artículo 14.a LTPA).
-
No se publican las cartas de servicios elaboradas con la información sobre los servicios públicos que gestiona la Comunidad Autónoma de Andalucía, los informes sobre el grado de
cumplimiento y calidad de los servicios públicos, así como información disponible que permita su valoración (artículo 14.b LTPA).
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No se publica una relación de los procedimientos en los que sea posible la participación de
la ciudadanía mientras se encuentren en trámite (artículo 14.c LTPA).
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No se encuentra actualizada la información económica, financiera y presupuestaria, tales
como los presupuestos, las cuentas anuales, la deuda o el gasto público. (artículo 16 LTPA).
47.
El Presupuesto General de 2021 se remitió al Pleno con fecha 19 de noviembre de 2020, incumpliendo lo dispuesto en el artículo 168.4 del TRLHL, que fija como fecha límite el 15 de octubre
del año anterior al ejercicio en que deba aplicarse.
48.
Se ha incumplido la obligación establecida en el artículo 169 del TRLRHL de presentar los presupuestos para su aprobación por parte del Pleno antes del 31 de diciembre de 2020, lo que implica
la prórroga del último presupuesto aprobado. La entrada en vigor del nuevo presupuesto se produce el 26 de enero de 2021, con su publicación definitiva e íntegra. Esta prórroga no ha sido
sometida a informe previo y preceptivo del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas,
tal como establece el artículo 45.4 del RD Ley 17/2014, de 26 de septiembre.
49.
La Liquidación del Presupuesto correspondiente al ejercicio 2021 fue aprobada por Resolución
de Alcaldía con fecha 22 de septiembre de 2022, incumpliendo el plazo máximo establecido en
la normativa local para su aprobación—entre el 1 y el 31 de marzo del ejercicio siguiente al que
se refiera la liquidación— y remisión de la copia al Ministerio—31 de marzo de 2022—(artículos
191.3 y 193.5 TRLRHL).
50.
A la fecha de finalización de los trabajos de campo la Cuenta General no se encuentra formada
ni aprobada por el Pleno, por lo que el Ayuntamiento incumple lo dispuesto en los artículos 208,
212.2 y 212.4 del TRLHL, que fija como fecha límite el 1 de junio y el 1 de octubre del ejercicio
posterior, respectivamente. Por tanto, tampoco ha sido rendida al Tribunal de Cuentas ni a la
Cámara de Cuentas de Andalucía, incumpliendo el artículo 212.5 del TRLRHL y el artículo 11.1.b)
de la Ley 1/1988, de 17 de marzo, de la Cámara de Cuentas.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00293971
5.2.2. Incumplimientos relacionados con el Presupuesto General, la Liquidación del Presupuesto y la Cuenta General