3. Otras disposiciones. . (2023/239-40)
Resolución de 11 de diciembre de 2023, de la Cámara de Cuentas de Andalucía, por la que se ordena la publicación del Informe de fiscalización de determinadas áreas del Ayuntamiento de Vejer de la Frontera (Cádiz). Ejercicio 2021.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 239 - Viernes, 15 de diciembre de 2023

página 18853/14

tabilización de los gastos en función de su naturaleza, así como, el adecuado registro de la integridad de los gastos. Esta incidencia afecta tanto al balance como a la cuenta de resultado económico patrimonial y al remanente de tesorería. (§ 56)
34.

No se ha dispuesto de las actas de arqueo correspondientes al inicio y cierre del ejercicio 2021.

5. INFORME SOBRE EL CUMPLIMIENTO DE LA LEGALIDAD
5.1. Opinión sobre cumplimiento de legalidad desfavorable
35.

En opinión de la Cámara de Cuentas de Andalucía, debido a los efectos de las cuestiones descritas
en el epígrafe “Fundamento de la opinión sobre el cumplimiento de legalidad desfavorable”, las
actividades desarrolladas en el ejercicio 2021 por el Ayuntamiento de Vejer de la Frontera no
resultan conformes con el marco normativo aplicable.

5.2. Fundamento de la opinión sobre el cumplimiento de legalidad desfavorable
36.

Se exponen a continuación los incumplimientos detectados en las áreas objeto de fiscalización y
que fundamentan la opinión de legalidad desfavorable.

37.

La entidad fiscalizada no se ajusta al Esquema Nacional de Seguridad (ENS), al no cumplir con lo
requerido en el artículo 4 del Real Decreto 3/20108, de 8 de enero, por el que se regula el Esquema Nacional de Seguridad en el ámbito de la Administración Electrónica.

38.

Como consecuencia de lo anterior, la entidad fiscalizada incumple también los artículos 17 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas (LPAC) y 46.3 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público
(LRJSP), preceptos que obligan a que los documentos de cualquier Administración Pública cuenten con medidas de seguridad que garanticen la integridad, autenticidad, confidencialidad, calidad, protección y conservación.

39.

La falta de adaptación al ENS conlleva el incumplimiento sobre la normativa de protección de
datos, en los términos de la Disposición Adicional Primera “Medidas de seguridad en el ámbito
del sector público” de Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales
y garantía de los derechos digitales.

40.

La entidad fiscalizada no se ajusta al Esquema Nacional de Interoperabilidad, dado que no cumple con lo exigido en el Real Decreto 4/2010, de 8 de enero, por el que se regula el Esquema
Nacional de Interoperabilidad en el ámbito de la Administración Electrónica.

8 Derogado por el Real Decreto 311/2022, de 3 de mayo, por el que se regula el Esquema Nacional de Seguridad, que entra en vigor
a partir del 5 de mayo de 2022.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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5.2.1. Incumplimientos relacionados con el Control Interno