3. Otras disposiciones. . (2023/239-43)
Resolución de 11 de diciembre de 2023, de la Cámara de Cuentas de Andalucía, por la que se ordena la publicación del Informe de fiscalización del control interno de la gestión económico-financiera y contable del Ayuntamiento de Torremolinos. Ejercicios 2019-2021.
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BOJA


Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 239 - Viernes, 15 de diciembre de 2023

página 18856/11

No se incorpora la memoria suscrita por el responsable directo de la omisión, en la que se
incluyan las explicaciones y/o observaciones pertinentes respecto del informe de la intervención:
✓ En los 13 expedientes del Organismo Autónomo de Deportes Municipal, por un importe
total de 360.387,96 €.
✓ En los 3 expedientes de la Agencia de Desarrollo y Promoción Local, por importe del
1.274,96 €.

30

El órgano de control no ha elaborado el informe con los resultados obtenidos del control de las
cuentas a justificar y anticipos de caja fija del ejercicio 2019, incumpliéndose el art. 27.2 del RCI.
-

Control financiero

31

El órgano de intervención no ha elaborado en 2020 el PACF del ejercicio, que incluirían hechos
económico financieros acaecidos en el ejercicio 2019, incumpliéndose el art. 31.1 del RCI.

32

Por otra parte, en base a un análisis de riesgos, se incluye en su PACF del ejercicio 2019 tres
actuaciones referidas a los tres primeros trimestres de dicho ejercicio. (§ A13)

33

Se ha analizado el contenido del PACF referido en el punto anterior. No se incluyen actuaciones,
referidas a los hechos y cuentas correspondientes al ejercicio 2019, de control permanente posterior cuya realización derivan de una obligación legal, incumpliéndose el art. 31.2 del RCI, ni
tampoco actuaciones de auditoría pública obligatoria en la modalidad de cuentas de sus organismos autónomos, incumpliéndose el art. 29.3 del RCI.

34

El órgano de control no ejecutó, sobre hechos y cuentas correspondientes al ejercicio 2019, las
siguientes actuaciones derivadas de una obligación legal, incumpliéndose el art. 35 del RCI y la
legislación que para cada tipo de actuación corresponde:
 Auditoría de sistemas de los registros contables de facturas (art. 12.3 LIFERF).
 Control financiero de beneficiarios y en su caso, entidades colaboradoras por razón de las subvenciones (arts. 44 y 49 LGS).
 Resultados más significativos del control en la contratación pública. (art. 332.11 LCSP).
 Control financiero posterior de gestión de derechos e ingresos (art. 219 TRLRHL y art. 9.2 RCI).
 Control financiero posterior de obligaciones y gastos sometidos a fiscalización previa limitada
(arts. 219.3 TRLRHL y 13.4 RCI).
 Informe anual de cumplimiento de la normativa de morosidad (art. 12.2 LIFERF).
 Verificación del cumplimiento de obligaciones derivadas de gastos realizados o bienes y servicios recibidos para los que no se ha producido su imputación presupuestaria (DA 3ª LODCSP).
Por otra parte, de las actuaciones seleccionadas por la entidad en base a un análisis de riesgo e
incluidas en su PACF, sobre hechos y cuentas correspondientes al ejercicio 2019, se ha comprobado que no se realiza el control posterior de nóminas, incumpliendo, además del art. 35 del RCI,
el citado plan.

00293973

35

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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