3. Otras disposiciones. . (2023/239-42)
Resolución de 11 de diciembre de 2023, de la Cámara de Cuentas de Andalucía, por la que se ordena la publicación del Informe de Fiscalización del control interno de la gestión económico-financiera y contable del Ayuntamiento de Estepona. Ejercicios 2019-2021.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 239 - Viernes, 15 de diciembre de 2023

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TRATAMIENTO DE LA ALEGACIÓN
El Ayuntamiento acepta los hechos descritos e informa que están adoptando medidas para realizar fiscalización previa de todas obligaciones y ordenaciones de pago.
ALEGACIÓN Nº 3, A LOS PUNTOS 30, 31 Y CUADRO 7.4. ALEGACIÓN NO ADMITIDA
Acuerdos y resoluciones con omisión de fiscalización previa. Remisión de la información a través
de la PTCU No constan en los informes de omisión del trámite de fiscalización previa el importe
de los gastos. En todos los expedientes de omisión de fiscalización se incorpora el importe de los
gastos, si bien se han dado instrucciones a la Intervención para la incorporación de forma expresa
en cada informe del importe de los gastos. No se incorporan memorias suscritas por el responsable directo de la omisión. El Ayuntamiento de Estepona se adaptó en el ejercicio 2019 a la aplicación de la normativa en relación con los expedientes de omisión de fiscalización, que hasta entonces se tramitan como reparos, no obstante, se tiene pendiente la regulación interna de la tramitación del expediente de omisión y de extrajudiciales, cuya redacción está en trámites en estos
momentos.
TRATAMIENTO DE LA ALEGACIÓN
El Ayuntamiento acepta los hechos descritos e informa que se están adoptando medidas cuantificar el importe de las omisiones de la fiscalización en los informes de omisión de la fiscalización
previa y regulación de los procedimientos de aprobación de los expedientes de este tipo de expedientes y los de reconocimiento extrajudicial de créditos.
ALEGACIÓN Nº 4, AL PUNTO 32 Y CUADRO 7.4. ALEGACIÓN NO ADMITIDA
Ordenes de pagos a justificar y anticipos de caja fija. No se elabora informe con los resultados
obtenidos del control de las cuentas a justificar y anticipos de caja fija. En el informe resumen del
ejercicio 2022 se ha contemplado dicho apartado.
TRATAMIENTO DE LA ALEGACIÓN
El Ayuntamiento acepta los hechos descritos e informa que en el ejercicio 2022 se elaboró informe con los resultados obtenidos del control de las cuentas a justificar y anticipos de caja fija.

Control financiero Elaboración del PACF No se elabora el PACF del ejercicio 2020. No se elabora
el PACF del ejercicio 2020 previo análisis del riesgo. Por parte de la Intervención se consideró e
incluyó en el PACF del ejercicio 2019 disposición de prorroga anual en caso de no tener aprobado
otro PACF en el ejercicio en curso, como medio para proceder a la realización de las actuaciones
en él contenidas, si bien es cierto, como apunta la CCA que esta opción conlleva que no se efectué
una análisis de riesgos previo al PACF, y por tanto, debido a este incumplimiento es necesario
aprobar un PACF anualmente, por lo que en la actualidad se está trabajando en la confección de
un nuevo PACF previo análisis de riesgos. Contenido del PACF No se incluyen actuaciones obligatorias. Deberá de revisarse este extremo por la Intervención en el PACF que está en elaboración.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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00293972

ALEGACIÓN Nº 5, A LOS PUNTOS 33, 34, 35 Y CUADRO 7.4. ALEGACIÓN NO ADMITIDA