Disposiciones generales. . (2023/526-1)
Decreto-ley 10/2023, de 13 de diciembre, por el que se modifican el Decreto-ley 12/2022, de 29 de noviembre, por el que se regulan los procesos selectivos derivados de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, se establecen medidas de utilización de dichos procedimientos y se adoptan, con carácter temporal, medidas en materia de selección de personal funcionario interino en la Administración General de la Junta de Andalucía, y la Ley 5/2023, de 7 de junio, de la Función Pública de Andalucía.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía

Extraordinario núm. 26 - Miércoles, 13 de diciembre de 2023

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una actuación necesaria para dotar de la debida seguridad jurídica a la actuación que
esta Administración debe llevar a cabo, no adentrándose en un ámbito material vedado
al instrumento del decreto-ley, sin perjuicio de que, en su configuración concreta, sus
preceptos deban atenerse a las exigencias de igualdad en el acceso al empleo público
que impone aquel derecho fundamental.
Estas mismas razones que determinan la urgente necesidad son las que conducen a que
el presente instrumento normativo se erija en el instrumento de que dispone este Gobierno
para dar respuesta, en tiempo, a una situación que requiere de una actuación inmediata,
dando con ello cumplimiento a los principios de necesidad, eficacia, proporcionalidad,
seguridad jurídica, transparencia y eficiencia, tal y como exige la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Se cumple con el principio de necesidad, que queda plenamente justificado en todo
lo que se ha expuesto y que se concreta en el interés general en el que se fundamenta la
medida que se establece, siendo el decreto-ley no solo el instrumento más adecuado, sino
el único que puede garantizar su consecución y eficacia. Igualmente, se da cumplimiento
a los principios de seguridad jurídica y eficacia, destacándose que las medidas que
contiene son congruentes con el ordenamiento jurídico e incorporan la mejor alternativa
posible, al contener la regulación necesaria e imprescindible para la consecución de los
objetivos mencionados.
Del mismo modo, es proporcional, ya que regula los aspectos imprescindibles para
conseguir su objetivo, limitando sus efectos a la concurrencia de la situación extraordinaria
descrita y a las consecuencias que se derivan de la misma. En cuanto al principio de
transparencia, dado que se trata de un decreto-ley, su tramitación se encuentra exenta de
consulta pública previa y de los trámites de audiencia e información pública pero, en todo
caso, su parte expositiva explica suficientemente su contenido y sus fines, todo ello sin
perjuicio de la debida publicidad que se dará al mismo, no solo a través de los boletines
oficiales, sino también mediante su publicación en el Portal de Transparencia de la Junta
de Andalucía, dando cumplimiento a la obligación dispuesta en el artículo 13.2 de la Ley
1/2014, de 24 de junio, de Transparencia Pública de Andalucía.
Por último, en relación con el principio de eficiencia y teniendo en cuenta la propia
naturaleza de la medida adoptada, este decreto-ley impone únicamente las cargas
administrativas imprescindibles para alcanzar los fines establecidos en el mismo.
En su virtud, y en uso de la facultad concedida por el artículo 110 del Estatuto de
Autonomía para Andalucía, a propuesta de la persona titular de la Consejería de Justicia,
Administración Local y Función Pública, de conformidad con lo previsto en el artículo
27.3 de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de
Andalucía, y previa deliberación del Consejo de Gobierno, en su reunión celebrada el día
13 de diciembre de 2023,
DISPONGO

«Artículo 7. Medidas de agilización de los procesos selectivos en el ámbito del
personal funcionario de la Administración General de la Junta de Andalucía y del personal
estatutario y funcionario de los centros sanitarios del Servicio Andaluz de Salud.
1. Los procesos selectivos derivados de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, se
regirán por los siguientes plazos:
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00294110

Artículo primero. Modificación del Decreto-ley 12/2022, de 29 de noviembre, por el
que se regulan los procesos selectivos derivados de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre,
de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, se
establecen medidas de utilización de dichos procedimientos y se adoptan, con carácter
temporal, medidas en materia de selección de personal funcionario interino en la
Administración General de la Junta de Andalucía.
El artículo 7 del Decreto-ley 12/2022, de 29 de noviembre, queda redactado como sigue: