Disposiciones generales. . (2023/236-4)
Orden de 30 de noviembre de 2023, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para el fomento de la digitalización del control de los usos del agua urbana en redes de abastecimientos de municipios menores de 20.000 habitantes en el Marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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DIÁLOGO SOCIAL Y SIMPLIFICACIÓN
ADMINISTRATIVA
Secretaría General Técnica

BOJA

Boletín Oficial
ANEXO Ide
I y IIIla Junta de Andalucía

CONSEJERÍA, ENTIDAD, EMPRESA:
CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, PESCA, AGUA Y DESARROLLO RURAL

Número 236 - Martes, 12 de diciembre de 2023

Hoja 13 de
página 18681/20

ORGANISMO:

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términos previstos en los artículos 18 y 19 de la Ley 9/2007, de 22 octubre. Entre las personas integrantes del
órgano colegiado habrá al menos una con formación en material de igualdad de género o, en su defecto, se
solicitará asesoría específica a la correspondiente Unidad de Igualdad de Género.
En cumplimiento de los dispuesto en el artículo 6 y el Anexo III.C de la Orden HFP/1030/2021, de 29 de
septiembre, todas las personas integrantes de la Comisión de Valoración han de suscribir una Declaración de
Ausencia de Conflicto de Intereses (DACI), según el modelo previsto en la propia norma referenciada (Anexo IV.A).
Dicha declaración podrá suscribirse al inicio de la primera reunión de la Comisión de Valoración y se reflejará
en el acta correspondiente.
Asimismo, dicha Declaración de Ausencia de Conflicto de Intereses (DACI) se cumplimentará por la persona
responsable de la concesión de la subvención y por el personal que tramite tanto las bases reguladoras como sus
respectivas convocatorias, todo ello de conformidad con lo previsto en el Plan de Medidas Antifraude aprobado por
Acuerdo del Consejo de Gobierno de 27 de abril de 2022.
Secretaría:
La persona que ejerza las funciones de secretaría de la Comisión de Valoración, deberá ser persona funcionaria de
la Consejería competente en materia de agua, correspondiente al grupo A1, será designada por la persona titular
del centro directivo de la Consejería competente en el
establecimiento de los criterios, las líneas de
actuación, la administración y el control sobre el dominio público hidráulico, y acudirá a las reuniones con voz
pero sin voto.
En los casos de vacante, ausencia, enfermedad u otra causa legal, la persona titular de la secretaría del órgano
colegiado será sustituida por otra persona con la misma cualificación y requisito que su titular.
En lo no previsto en los apartados anteriores, el funcionamiento de la Comisión de Valoración se adecuará a las
disposiciones contenidas en la Sección 1ª del Capítulo II del Título IV de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la
Administración de la Junta de Andalucía, y en la Subsección 1.ª del Capítulo II del Título Preliminar de la Ley
40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Las funciones que estas bases reguladoras atribuyen al órgano gestor serán ejercidas por :
La Dirección General de Recursos Hídricos.
Otras funciones a desempeñar por órganos o unidades distintas de los anteriores:
14.- Dirección electrónica de acceso restringido al estado de tramitación del procedimiento (Artículo 16).
Las personas o entidades que tengan la consideración de interesadas en este procedimiento de concesión de
subvenciones, podrán conocer el estado de tramitación del mismo, a través la siguiente dirección electrónica:
https://juntadeandalucia.es/servicios/sede/tramites/procedimientos/detalle/25315

15.- Documentación (Artículo 17):
15.a) Documentación acreditativa a presentar junto con el formulario Anexo II:
1. Documentación administrativa:
1º. Documento donde las entidades solicitantes se comprometen a conceder los derechos y los accesos necesarios
para garantizar que la Comisión, la OLAF, el Tribunal de Cuentas Europeo, la Fiscalía Europea y las autoridades
nacionales competentes, ejerzan sus competencias.
2º Aceptación de la cesión de datos entre las Administraciones Públicas implicadas para dar cumplimiento a lo
previsto en la normativa europea que es de aplicación y de conformidad con la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de
diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales (Modelo anexo IV.B de la Orden
HFP/1030/2021, de 29 de septiembre).
3º Declaración responsable relativa al compromiso de cumplimiento de los principios transversales establecidos en
el PRTR y que pudieran afectar al ámbito objeto de gestión (Modelo anexo IV.C de la Orden HFP/1030/2021, de 29 de
septiembre).
4º Cumplimentación de una declaración de ausencia de conflicto de intereses(DACI).(Modelo anexo IV.A de la Orden
HFP/1030/2021, de 29 de septiembre).

00293761

5º Certificado acreditativo del operador que preste los servicios de abastecimiento, en el caso de gestión
directa, o del titular del servicio en el caso de gestión indirecta, del compromiso de que se dispondrá de los
recursos tanto técnicos como financieros necesarios para garantizar el mantenimiento y operación de la actuación
subvencionada tras su puesta en marcha y durante al menos los primeros cinco años de actividad tras la
finalización del proyecto,así como el envío de la información sobre los usos del agua que se le requiera por la
Secretaría General del Agua.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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