Disposiciones generales. . (2023/236-3)
Orden de 29 de noviembre de 2023, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, destinadas a la subsidiación de intereses de los préstamos de financiación de capital circulante formalizados al amparo del Instrumento Financiero contemplado en el Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2014-2022, de conformidad con lo dispuesto en la Sección 3.ª del Capítulo III del Decreto-ley 3/2023, de 25 de abril, por el que se aprueban medidas adicionales para paliar los efectos producidos por la situación de excepcional sequía a los usuarios de las demarcaciones hidrográficas intracomunitarias de Andalucía y se adoptan medidas urgentes, administrativas y fiscales, de apoyo al sector agrario, y se efectúa su convocatoria.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía

BOJA

Número 236 - Martes, 12 de diciembre de 2023

página 18683/4

La dotación presupuestaria se podrá incrementar, si procede, en los términos
establecidos en el artículo 10.e) del Decreto 282/2010, de 4 de mayo, por el que se
aprueba el Reglamento de los Procedimientos de Concesión de Subvenciones de
la Administración de la Junta de Andalucía, sin necesidad de que se dicte una nueva
convocatoria, dándose publicidad al incremento mediante orden.
8. Todos los formularios publicados en la presente orden estarán disponibles
en el Catálogo de Procedimientos y Servicios de la Sede Electrónica General de
la Administración de la Junta de Andalucía, en la dirección electrónica indicada en el
apartado 3 del resuelvo primero de esta orden.
Tercero. Habilitación.
Se faculta a la persona titular de la Dirección Gerencia de
Agraria y Pesquera de Andalucía para dictar las instrucciones
necesarias para el desarrollo y ejecución de la presente orden,
de sus competencias, sin que en ningún caso pueda suponer
normativo de la misma.

la Agencia de Gestión
y adoptar las medidas
cada una en el ámbito
modificar el contenido

Cuarto. Efectos.
La presente orden surtirá efectos el día siguiente al de su publicación en el Boletín
Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 29 de noviembre de 2023
CARMEN CRESPO DÍAZ
Consejera de Agricultura, Pesca, Agua
y Desarrollo Rural

ANEXO I
BASES REGULADORAS

Primero. Objeto de la subvención.
1. La presente orden tiene por objeto regular el procedimiento para el reconocimiento
del derecho a la subsidiación de intereses de los préstamos de financiación de capital
circulante formalizados a través del Instrumento Financiero del PDR 2014-2022, por
parte de la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural, al amparo de lo
dispuesto en la Sección 3.ª del Capítulo III del Decreto-ley 3/2023, de 25 de abril.
2. Las submedidas apoyadas por el Instrumento Financiero serán: 4.1 «Apoyo a las
inversiones en explotaciones agrícolas» y 4.2 «Apoyo a las inversiones en transformación/
comercialización y/o desarrollo de productos agrícolas», incluidas en el PDR 2014-2022.
3. Solo serán objeto de financiación, en los términos establecidos en esta orden, los
tipos de interés de los préstamos de financiación de capital circulante que las personas
y entidades interesadas formalicen con las entidades financieras, que actúan como
intermediarios financieros, en la gestión del Instrumento Financiero del Programa de
Desarrollo Rural 2014-2022 (FEADER) del Fondo Público Andaluz para la Financiación
Empresarial y el Desarrollo Económico, de conformidad con lo establecido en el Acuerdo
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00293767

BASES REGULADORAS PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES, EN RÉGIMEN
DE CONCURRENCIA NO COMPETITIVA, DESTINADAS A LA SUBSIDIACIÓN DE
INTERESES DE LOS PRÉSTAMOS DE FINANCIACIÓN DE CAPITAL CIRCULANTE
FORMALIZADOS AL AMPARO DEL INSTRUMENTO FINANCIERO CONTEMPLADO
EN EL PDR 2014-2022 DE ANDALUCÍA, DE CONFORMIDAD CON LO DISPUESTO
EN LA SECCIÓN 3.ª DEL CAPÍTULO III DEL DECRETO-LEY 3/2023, DE 25 DE ABRIL