Autoridades y personal. . (2023/235-9)
Orden de 29 de noviembre de 2023, por la que se realiza convocatoria pública de concurso de méritos para el acceso al Cuerpo de Inspectores de Educación en plazas del ámbito de gestión de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 235 - Lunes, 11 de diciembre de 2023

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Quinta. Tribunal calificador y comisión de baremación de méritos.
5.1. La selección del personal aspirante la realizará el tribunal calificador, que será
nombrado por Resolución de la Dirección General del Profesorado y Gestión de Recursos
Humanos en el plazo de un mes desde la publicación de la presente Orden en el Boletín
Oficial de la Junta de Andalucía, que se publicará igualmente en dicho Boletín.
La composición del tribunal se ajustará a lo siguiente:
Tribunal titular:
a) Presidencia: Una persona perteneciente al Cuerpo de Inspectores de Educación,
designada por la Dirección General del Profesorado y Gestión de Recursos Humanos.
b) Vocalías: Dos funcionarios y dos funcionarias del Cuerpo de Inspectores de
Educación, elegidos por sorteo.
Tribunal suplente:
Se compondrá de la misma forma y se designará por el mismo procedimiento
establecido para el Tribunal titular.
5.2. Actuará como responsable de la secretaría la persona que ocupe una vocalía y
tenga menor antigüedad en el Cuerpo de Inspectores de Educación , salvo que el Tribunal
acuerde determinarlo de otra manera.
5.3. Quien ostente la presidencia convocará a los miembros del tribunal, fijando el
lugar, la fecha y la hora para llevar a cabo el acto de constitución del mismo.
En dicha sesión el citado órgano de selección acordará todas las decisiones que
le correspondan para el correcto desarrollo del procedimiento y, en particular, de los
criterios que haya de seguir el mismo para la valoración de la Memoria de actuación en el
ejercicio de la función inspectora y su exposición. Dichos criterios se harán públicos en la
sede de actuación del órgano de selección, así como, en el portal web de la Consejería
de Desarrollo Educativo y Formación Profesional.
A la sesión de constitución del tribunal deberán asistir todos sus miembros titulares y
suplentes, excepto en caso de fuerza mayor debidamente justificada.
5.4. Abstención y recusación.
Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir, notificándolo a la
Dirección General del Profesorado y Gestión de Recursos Humanos, cuando concurra
en ellos alguna circunstancia de las previstas en el artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1
de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, o si hubiesen realizado tareas de
preparación de aspirantes a pruebas selectivas para el mismo cuerpo en los cinco años
anteriores a la publicación de la presente convocatoria.
Quien ostente la presidencia del Tribunal solicitará de sus miembros declaración
expresa de no hallarse incursos en las circunstancias previstas en el párrafo anterior.
La abstención se planteará con carácter inmediato en el momento en que se tenga
conocimiento de la concurrencia de alguna de las circunstancias que dan lugar a la
misma.
Asimismo, el personal aspirante podrá recusar a los miembros del tribunal en
cualquier momento de la tramitación del procedimiento, de acuerdo con lo previsto en el
artículo 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, ante la Dirección General del Profesorado
y Gestión de Recursos Humanos, que resolverá lo que proceda.
5.5. Una vez constituido el Tribunal, para actuar válidamente se requerirá la asistencia
de al menos tres de sus miembros, entre los que deberán estar presentes quienes
ostenten la presidencia y la secretaría o, en su caso, quienes les sustituyan.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

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Profesorado y Gestión de Recursos Humanos, en el plazo de un mes a contar desde el
día siguiente al de su publicación, conforme a lo establecido en los artículos 112, 114, 115,
123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de
las Administraciones Públicas, y en el artículo 115.2 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre,
de la Administración de la Junta de Andalucía.