3. Otras disposiciones. . (2023/233-35)
Resolución de 27 de noviembre de 2023, de Dirección General de Trabajo, Seguridad y Salud Laboral, por la que se procede a la publicación del Convenio Colectivo del Grupo VECTTOR.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 233 - Martes, 5 de diciembre de 2023

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anterior si no han transcurrido, al menos, dos meses desde la comunicación a su
empresa. Idéntico plazo de dos meses habrá de transcurrir en el futuro para sucesivos
cambios de sistema.
Con independencia a lo manifestado en el punto 2 del presente artículo, las horas de
presencia dentro de la jornada ordinaria se abonarán mínimamente al precio del valor de
la hora ordinaria.
Artículo 22. Dietas
Se entiende por dieta aquella compensación de carácter irregular y extrasalarial que
se debe a la persona trabajadora que por razones de trabajo haya de desplazarse, en
compensación de los gastos que tal desplazamiento le ocasione.
Tendrá derecho a percibir dieta el personal que por causa del servicio tenga que
almozar, cenar o pernoctar fuera de la provincia de Sevilla.
NACIONAL

INTERNACIONAL

Dieta media (comida o cena)

13,00

18,00

Dieta completa (comida y cena)

28,00

35,00

80,00

100,00

100,00

120,00

Dieta media y alojamiento
Dieta completa y alojamiento

CAPÍTULO VI. Cuidado y Utilización del vehículo

Artículo 24. Debido cuidado en el uso del vehículo.
El personal de conducción actuará con la debida diligencia en el cuidado del vehículo
debiendo detenerse en cuanto le sea posible en caso de iluminarse los indicadores de
avería del panel de mandos. Contactará con su empresa y esperará instrucciones al
respecto.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00293423

Artículo 23. Autorización para llevar el vehículo a domicilio.
a) El personal de conducción podrá solicitar a la empresa conservar el vehículo al
final de la jornada laboral, desplazándose en él hasta su domicilio. La empresa, a su
discreción, podrá conceder o denegar dicha solicitud.
b) En caso de ser aceptada la solicitud por la empresa, se entenderán excluidos (salvo
pacto específico en contra) cualesquiera otros usos que no sean los del mero desplazamiento
de vuelta al domicilio. Queda por tanto excluido de dicha autorización, utilizar el vehículo
para cualquier tipo de gestión personal o familiar del conductor tales como, entre otros,
realizar la compra, llevar a los familiares, acudir a trámites personales, etc.
c) Dicha autorización concedida por la empresa, no tendrá carácter de remuneración
en especie pero se podrá pactar con el personal de conducción el abono por parte de éste
del gasto adicional de desgaste de kilometraje y combustible que dicho desplazamiento
diario a su domicilio suponga. Para facilidad de cálculo, se podrá pactar un coste fijo
mensual al mes de combustible y kilometraje que podrá ser deducido de la nómina del
personal de conducción siempre que así se haya acordado.
d) El personal de conducción no utilizará la confianza depositada en él atendiendo a
su solicitud de llevarse el vehículo a su domicilio para la realización de horas de trabajo
adicionales no autorizadas a su voluntad. Es decir, el hecho de que la empresa atienda la
solicitud del personal de conducción de llevar el vehículo a su domicilio no le da derecho
a éste a utilizarlo para realizar horas de presencia adicionales u horas extraordinarias
salvo que estas hayan sido previamente pactadas con la empresa.
e) La empresa o la persona trabajadora podrán revocar esta autorización en cualquier
momento, bastando preaviso de quince días, salvo que el acuerdo venga suscrito en el
contrato de trabajo.