3. Otras disposiciones. . (2023/233-38)
Decreto 276/2023, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Plan de Transporte Metropolitano del Área del Campo de Gibraltar. Plan de Movilidad Sostenible.
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Versión Final

Con motivo del cumplimiento de la Ley GICA, el Plan de Transporte

Según establecido en el Documento de Alcance y cumpliendo con el

Metropolitano del Campo de Gibraltar (PTMCG) incluye un Estudio

contenido mínimo establecido en el apartado C del Anexo II de la Ley

Ambiental Estratégico.

GICA se ha elaborado un Estudio Ambiental Estratégico (EAE) que se

El procedimiento administrativo que marca la evaluación ambiental
estratégica ordinaria del PTMCG se estructura en las siguientes fases:


Elaboración y presentación del Documento Inicial Estratégico (DIE)

El procedimiento de evaluación ambiental y de impacto en la salud del
PTMCG se inició en octubre de 2019 mediante la presentación del
Documento Inicial Estratégico y el borrador del plan, recogiendo los


Fases de consultas previas

Según lo dispuesto en el artículo 38.2 de la Ley GICA, el Documento
Administraciones Públicas afectadas y personas interesadas. Además,
se facilitó el expediente para su consulta en la Web de la Consejería.


Documento de Alcance (DA)

Tras la fase de consulta, el órgano ambiental redactó y facilitó un
documento de alcance al órgano promotor que definía la amplitud, nivel
de detalle y grado de especificación que debe tener el presente Estudio


Estudio Ambiental Estratégico (EAE)

Según lo establecido en el artículo 38.4. de la Ley GICA, el Estudio
Ambiental Estratégico, junto con la versión preliminar del Plan de
Transporte del Campo de Gibraltar, se someterán a información pública
y se difundirá a las entidades y público interesados para que sea
examinado y formulen sus alegaciones en un plazo mínimo de 45 días.
Estas alegaciones serán analizadas y se recogerán en el plan si así se
estima necesario.


Declaración Ambiental Estratégica

Una vez finalizado el análisis técnico del expediente, el órgano
ambiental formulará la declaración ambiental estratégica, en el plazo de
4 meses desde la recepción, prorrogable 2 meses por razones
justificadas.
La declaración ambiental estratégica tendrá la naturaleza de informe
preceptivo, determinante y contendrá una exposición de los hechos que
resuma los principales hitos del procedimiento, incluyendo los
resultados de la información pública, de las consultas, así como de las
determinaciones,

medidas

o

condiciones

finales

que

deban

incorporarse en el plan o programa que finalmente se apruebe o adopte

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https://www.juntadeandalucia.es/eboja

Ambiental Estratégico (EAE).

Información Pública

Número 233 - Martes, 5 de diciembre de 2023

Inicial Estratégico fue sometido a un proceso de consulta, ante las



Boletín Oficial de la Junta de Andalucía

aspectos requeridos por el artículo 38.1 de la Ley GICA.

puede consultar en el Anexo G.

BOJA

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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