Autoridades y personal. . (2023/232-29)
Resolución de 29 de noviembre de 2023, de la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública, por la que se convocan procesos selectivos de acceso libre para ingreso en diferentes cuerpos, especialidades y opciones de la Administración General de la Junta de Andalucía para estabilización de empleo temporal en cumplimiento del Decreto 197/2023, de 27 de julio, por el sistema de concurso.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 232 - Lunes, 4 de diciembre de 2023

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Tercera. Participación por el cupo de plazas reservadas a personas con discapacidad.
Para participar en el cupo de plazas reservadas a personas con una discapacidad
igual o superior al 33% será necesario:
1. Indicarlo expresamente en el apartado correspondiente de la solicitud, señalando
al efecto si participa por el cupo de reserva a personas con discapacidad general o por
el cupo de reserva a personas con enfermedad mental. Si no hacen constar este dato se
entenderá que optan por el turno general.
2. Tener oficialmente reconocida dicha discapacidad con efectos anteriores a la
finalización del plazo de presentación de solicitudes.
3. Adjuntar a la solicitud documentación acreditativa de su condición de persona
con discapacidad emitida por órgano competente de la Junta de Andalucía o de otras
Administraciones Públicas, ya sea esta documentación certificado de discapacidad o
resolución del Instituto Nacional de la Seguridad Social.
En los casos en que el reconocimiento de la condición de persona con una
discapacidad igual o superior al 33% corresponda al órgano competente de la Junta de
Andalucía, la concurrencia de este requisito será comprobada de oficio por la Dirección
General de Recursos Humanos y Función Pública mediante consulta telemática en la
fase de admisión de solicitudes, siempre que la persona aspirante no se oponga a su
comprobación en la solicitud de participación. En el caso de que el reconocimiento no
corresponda a órgano competente de la Junta de Andalucía, habrá de aportarse en todo
caso documento acreditativo.
4. En el supuesto de participar por el cupo reservado a personas con enfermedad
mental, habrá de incorporarse por la persona aspirante dictamen técnico facultativo que
determine el reconocimiento de enfermedad mental. En los casos en que la expedición de
este dictamen corresponda a órgano competente de la Junta de Andalucía, la concurrencia
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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nivel académico universitario oficial. Este requisito no será de aplicación a quienes hayan
obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional en el ámbito de las profesiones
reguladas al amparo de las disposiciones del Derecho de la Unión Europea.
1.4. Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas habituales del
cuerpo, especialidad u opción a que se aspira.
1.5. No haber sido separada la persona aspirante, mediante procedimiento
disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, o de los
órganos constitucionales o estatutarios de las comunidades autónomas, ni hallarse en
inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial
para el acceso al cuerpo o escala de funcionario.
En el caso de ser la persona aspirante nacional de otro Estado, no hallarse en
situación de inhabilitación o equivalente, ni haber sido sometida a sanción disciplinaria
o equivalente que impida en su Estado, en los mismos términos, el acceso al empleo
público.
1.6. No poseer la condición de personal funcionario de carrera del cuerpo, especialidad
u opción al que se participe.
2. Estarán exentas de justificación documental aquellas condiciones y requisitos
recogidos en el punto anterior que, conforme al Reglamento Regulador del Registro
General de Personal de la Junta de Andalucía, consten inscritos en el mismo.
3. Estos requisitos estarán referidos a la fecha de finalización del plazo de
presentación de solicitudes y deberán mantenerse hasta el nombramiento como personal
funcionario de carrera.
4. Para la admisión al proceso selectivo bastará con que quienes soliciten su
participación declaren en su solicitud que reúnen todos y cada uno de los requisitos
exigidos, que se acreditarán en el momento y con la documentación relacionada en el
apartado 4 de la base novena, y la constancia de haber abonado la correspondiente tasa
conforme a lo establecido en el apartado 4 de la base cuarta de esta convocatoria.