3. Otras disposiciones. . (2023/232-60)
Resolución de 27 de noviembre de 2023, de la Dirección General de Justicia Juvenil y Cooperación de la Consejería de Justicia, Administración Local y Función Pública, por la que se aprueba la modificación de los estatutos del Colegio Profesional de Dietistas-Nutricionistas de Andalucía y se dispone su inscripción en el Registro de Colegios Profesionales de Andalucía.
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Número 232 - Lunes, 4 de diciembre de 2023

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2. Las funciones de la Junta de Gobierno son las siguientes:
a) Ejecutar los acuerdos adoptados por la Asamblea General.
b) Dirigir y administrar el Colegio en beneficio de la corporación.
c) Gestionar de forma ordinaria los intereses del Colegio.
d) Representar al Colegio ante los Tribunales de Justicia y ante las Administraciones
Públicas, salvo cuando corresponda al Decano o Decana, teniendo atribuciones para
efectuar delegaciones y apoderamientos con carácter general o para cada asunto.
e) Establecer y organizar los servicios necesarios para el mejor cumplimiento de
las funciones colegiales, pudiendo constituir o participar en instituciones o sociedades
mercantiles o de cualquier tipo a tal efecto.
f) Aprobar o denegar altas colegiales.
g) Llevar el censo de personas colegiadas y el registro de títulos de sus miembros.
h) Mantener regularmente informados a sus miembros de las actividades
desempeñadas, así como de cualquier cuestión que pudiera serles de interés.
i) Imponer sanciones de conformidad con lo establecido en estos Estatutos.
j) Recaudar y administrar los fondos del Colegio.
k) Redactar los presupuestos anuales y rendir cuentas de su ejecución a la Asamblea
General.
l) Convocar elecciones para cubrir los puestos de la Junta de Gobierno que
correspondan.
m) Realizar y otorgar cuantas escrituras públicas y contratos privados sean
necesarios, a fin de llevar a cabo las facultades que otorguen con los pactos, cláusulas y
condiciones que a bien tengan establecer, así como suscribir pólizas de seguros.
n) Nombrar con carácter provisional a nuevas y nuevos miembros de la Junta de
Gobierno hasta su provisión reglamentaria.
o) Proponer a la persona titular del Decanato la convocatoria de la Asamblea Ordinaria
o Extraordinaria; proponer el orden del día de la misma; admitir las propuestas de las
personas colegiadas para su inclusión en el orden del día, conforme a lo dispuesto en estos
Estatutos.
p) Resolver los asuntos gubernativos, económicos y administrativos del Colegio;
contratar con las entidades bancarias; suscribir operaciones de crédito; celebrar toda
clase de contratos, tanto respecto a bienes inmuebles como de prestación de servicios,
referidos al desarrollo normal del Colegio.
q) Establecer nuevos servicios en el Colegio, concertar la adquisición de bienes o la
ejecución de obras cuyo presupuesto no exceda del veinte por ciento del presupuesto total
del Colegio y pedir presupuestos y proyectos técnicos para la realización de las mismas.
r) Adquirir todo tipo de materiales y elementos relacionados con las actividades y
servicios que se desarrollen o se pretendan desarrollar en el Colegio.
s) Solicitar y obtener subvenciones de personas o entidades públicas y privadas.
t) Reconocer deudas y obligaciones.
u) Redactar las modificaciones de los Estatutos y del Reglamento de Régimen Interno
del Colegio, para someterlos a la aprobación de la Asamblea General.
v) Aplicar las disposiciones de estos Estatutos y Reglamento de Régimen Interno y
resolver las dudas que surjan de su aplicación.
w) Proceder a la contratación de los empleados y empleadas necesarias para la
gestión del Colegio.
x) Conceder las distinciones al Mérito Colegial.
y) Establecer, organizar y gestionar servicios de asistencia, atención, formación e
información relacionados tanto con las personas profesionales colegiadas, como con
otros profesionales que lo requieran y con la población en general.
x) Elaborar, publicar en la web colegial y someter a la aprobación de la Asamblea
General, la memoria anual a la que se refiere el artículo 11 de la Ley 2/1974, de 13 de
febrero, en la que se expresen, en aras al cumplimiento del principio de transparencia de
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía