Disposiciones generales. . (2023/231-1)
Resolución de 27 de noviembre de 2023, de la Dirección General de Ordenación, Inclusión, Participación y Evaluación Educativa, por la que se aprueban subvenciones para la promoción del voluntariado a través de entidades sin ánimo de lucro y asociaciones de madres y padres del alumnado de centros docentes sostenidos con fondos públicos, en actividades complementarias y extraescolares en Andalucía durante el curso 2023/2024.
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Número 231 - Viernes, 1 de diciembre de 2023

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c)Someterse a las actuaciones de comprobación a efectuar por el órgano concedente,
así como cualesquiera otras de comprobación y control financiero que puedan realizar
los órganos de control competentes, tanto nacionales como comunitarios, aportando
cuanta información le sea requerida en el ejercicio de las actuaciones anteriores.
d) E
 l sometimiento a las actuaciones de comprobación y control financiero que
corresponden a la Intervención General de la Junta de Andalucía, en relación
con las subvenciones y ayudas concedidas, y a las previstas en la legislación del
Tribunal de Cuentas y de la Cámara de Cuentas de Andalucía, facilitando cuanta
información le sea requerida por dichos órganos.
e) Comunicar al órgano concedente, la obtención de otras subvenciones, ayudas,
ingresos o recursos que financien las actividades subvencionadas, de cualesquiera
Administraciones o entes públicos o privados, nacionales o internacionales. Esta
comunicación deberá efectuarse tan pronto como se conozca y, en todo caso,
con anterioridad a la justificación de la aplicación dada a los fondos percibidos.
Asimismo, se comunicará cualquier alteración de las condiciones tenidas en cuenta
para la concesión de la subvención.
f) 
Disponer de los libros contables, registros diligenciados y demás documentos
debidamente auditados en los términos exigidos por la legislación mercantil y
sectorial aplicable a la persona beneficiaria en cada caso, así como cuantos estados
contables y registros específicos sean exigidos en el apartado 22 del Cuadro
Resumen de «Promoción del voluntariado a través de entidades sin ánimo de lucro
y asociaciones de madres y padres del alumnado, en actividades complementarias
y extraescolares en Andalucía», con la finalidad de garantizar el adecuado ejercicio
de las facultades de comprobación y control.
g) C
 onservar los documentos justificativos de la aplicación de los fondos recibidos,
incluidos los documentos electrónicos, en tanto puedan ser objeto de las
actuaciones de comprobación y control.
h) Hacer constar en toda información o publicidad que se efectúe de la actividad u
objeto de la subvención que la misma está subvencionada por la Administración
de la Junta de Andalucía, indicando la Consejería o Agencia que la ha concedido,
utilizando un lenguaje no sexista. En los supuestos de subvenciones financiadas
con fondos comunitarios, se deberá cumplir con las disposiciones que sobre
información y publicidad se dicten por la Unión Europea. En todo caso, se deberán
adoptar las medidas específicas de información y publicidad que se indican en el
apartado 23.a) del Cuadro Resumen de «Promoción del voluntariado a través de
entidades sin ánimo de lucro y asociaciones de madres y padres del alumnado, en
actividades complementarias y extraescolares en Andalucía».
i) Proceder al reintegro de los fondos percibidos en los supuestos contemplados en el
artículo 28 de las bases reguladoras de la convocatoria.
j) Comunicar al órgano concedente el cambio de domicilio o de la dirección de correo
electrónico durante el período en el que la subvención es susceptible de control.
k) Cualquier otra condición u obligación específica que se establezca en el apartado
23.b) del Cuadro Resumen de «Promoción del voluntariado a través de entidades
sin ánimo de lucro y asociaciones de madres y padres del alumnado, en actividades
complementarias y extraescolares en Andalucía».
2. Conforme al artículo 46 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, la entidad
beneficiaria y los terceros relacionados con el objeto de la subvención o su justificación
estarán obligados a prestar colaboración y facilitar cuanta documentación sea requerida
en el ejercicio de las funciones de control que corresponden a la Intervención General
de la Junta de Andalucía, así como a los órganos que, de acuerdo con la normativa
comunitaria, tengan atribuidas funciones de control financiero, a cuyo fin tendrán las
facultades:
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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